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El TSJ anula la aplicación del canon a las piscifactorías

Cultivos Marinos Costa Blanca SL recurrió el canon del Gobierno por ocupar 250.000 metros cuadrados frente a las costas de Sagunto

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha anulado la aplicación del canon que el Ministerio de Fomento aplica a las piscifactorías por ocupación del dominio marítimo-terrestre.

El fallo da la razón a la firma Cultivos Marinos Costa Blanca SL, integrada en el grupo Acuigroup Mare-Mar, que recurrió el canon del Gobierno por ocupar una superficie de 250.000 metros cuadrados frente a las costas de Sagunto para la construcción e instalación de una granja marina para la cría y engorde de dorada y lubina.

Por ocupar la superficie marina, el Ministerio de Fomento solicitó el pago de un canon, en el primer semestre de 2007, de 8.752 euros. Una cantidad calculada con arreglo a la ley de Costas de 1992 que fijó la cuantía del canon de ocupación.

Sin embargo, Acuigroup Mare-Mar, a través del bufete Santos Alonso, recurrió la cantidad reclamada por considerar que se trataba de una imposición que debe ser regulada directamente por ley y que esta no preve ninguna tasa por ocupar parte del mar, ya que esta cuestión está prevista en las normas que rigen la concesión para aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre estatal.

En la concesión se regulan ya los elementos esenciales como los sujetos que deben pagar por el uso del dominio público, la base imponible, los tipos de gravamen, las bonificaciones, exenciones y los plazos, entre otras cuestiones.

Por ley o reglamento

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La sentencia, en contra del criterio del abogado del Estado, afirma que si se quería imponer un nuevo tributo se tendría que haber realizado bien directamente a través de la ley, bien a través de un reglamento que especifique los criterios y principios contenidos en la ley. El fallo descarta la vía de la orden ministerial como mecanismo para introducir un nuevo tributo en esta cuestión.

La sentencia de la sala de l Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia solo es aplicable para las piscifactorías de este grupo de empresas que ha recurrido la implantación del canon del Ministerio de Fomento. Sin embargo, abre la puerta a que otras concesionarias marinas ubicadas en el dominio del Estado puedan recurrir la imposición de este tributo.

El fallo no es recurrible, según el Tribunal Superior de Justicia.

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