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Condenados dos propietarios de una cafetería de Cortegana por ruidos

Los dueños del local deberán pagar 3.000 euros a cuatro vecinos afectados

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a los dos propietarios de una cafetería-heladería en Cortegana (Huelva) a dos años de cárcel cada uno por un delito de contaminación acústica y medioambiental como consecuencia de los ruidos generados en el local entre 2007 y 2008.

En la sentencia de conformidad se les considera además responsables de cuatro delitos de lesiones, causadas a cuatro vecinos que residían sobre el establecimiento, a los que deberán pagar 3.000 euros a cada uno en concepto de indemnización.

El juez considera probado que estas cuatro personas venían sufriendo en sus domicilios, ubicados en la urbanización Sierra Luz de Cortegana, contaminación-violencia acústica ocasionada desde el año 2007 por una heladería-cafetería, propiedad de los condenados.

El local fue inaugurado en enero de 2007 contando con licencia municipal para heladería-cafetería con un horario, aforo y permiso para veladores determinados y no para emitir música, contando con prohibición expresa para equipo de música.

Pese a esto, los dos condenados instalaron un equipo de música en el local, que comenzó a funcionar casi como un pub, sin contar con limitador ni insonorización, lo que provocó las continuas denuncias de los vecinos.

La situación llevó a la Guardia Civil, por mandato judicial, a precintar el equipo de sonido; mientras que en febrero de 2008 el Ayuntamiento suspendió la licencia de apertura e inició un procedimiento sancionador por lo que se impuso a los condenados una multa de 6.000 euros.

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Meses más tarde, el Ayuntamiento anuló la suspensión de la licencia para la realización de obras de adaptación del local y después de que uno de los vecinos no se opusiera a ello tras vender su vivienda; una venta que se realizó a los propios condenados con la condición de que se apartara del procedimiento penal contra ellos.

La situación descrita ha producido en los denunciantes la imposibilidad de disfrutar del derecho constitucional a la intimidad domiciliaria y al descanso y además trastornos somáticos y psíquicos de diferente alcance e intensidad.

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