El Supremo confirma la condena a dos expresidentes de Ferrocarrils
El alto tribunal obliga a Antonio Herce y a Enric Roig a devolver 2,7 millones de euros malversados
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado, en parte, la condena a penas de cárcel para dos expresidentes de Ferrocarrils de la Generalitat que contrataron, de forma ilegal, un plan de pensiones para directivos por 2,7 millones. El alto tribunal ha admitido, en parte, los recursos de las defensas de Enric Roig y Antonio Herce, y ha rebajado su condena de seis años a cuatro años y medio de prisión por malversación de fondos públicos. El Supremo les obliga, además, a devolver a la empresa de transporte el dinero malversado.
Hace poco más de un año, la Audiencia de Barcelona condenó a Herce y a Roig por urdir una “trama” para constituir, en 1991, un fondo de pensiones ilegal que repartieron entre una quincena de directivos. Herce, que fue condenado también a ocho años de inhabilitación por un delito de prevaricación, fue director financiero y presidente entre 1999 y 2002. En cambio, Roig, presidente de 1993 a 1999, fue absuelto de ese delito porque había prescrito. El Supremo, sin embargo, corrige la sentencia de la Audiencia y también le condena a ocho años y medio de inhabilitación.
El tercer procesado en el caso Ferrocarrils, Albert Vilalta, fue consejero de Medio Ambiente con uno de los Gobiernos de Jordi Pujol. Vilalta también presidió la empresa (de 1983 a 1991), pero resultó absuelto a pesar de que, poco antes de ser nombrado consejero, firmó el contrato de constitución del fondo de pensiones con Winterthur a sabiendas de que el asunto debía ser abordado por el Consejo de Administración. Como el delito había prescrito, no se le pudo condenar.
Vilalta también fue absuelto del delito de malversación porque, según la sentencia, “no pretendió ni compartió el enriquecimiento que sí obtuvieron el resto de los acusados”. Y eso a pesar de que “su intervención entra de lleno en la preparación de la infracción”.
El tribunal rebaja la pena de seis a cuatro años y medio de cárcel
La Audiencia de Barcelona consideró que el dinero defraudado debía reclamarse por la vía civil. El fiscal, sin embargo, expuso ante el Supremo que los dos expresidentes tenían la obligación de devolver de forma inmediata las ganancias obtenidas del “expolio de dinero público” adquirido a través del fondo de pensiones. Según defendió el fiscal, Roig y Herce hicieron lo posible para dar apariencia de legalidad al plan de pensiones. “En total fueron unos 400 millones de pesetas los que se repartieron directa o indirectamente”, detalló. El fiscal también mostró su oposición a que Roig quedase absuelto del delito continuado de prevaricación porque, en su opinión, esa conducta va unida a la malversación.
Un año después, el Supremo ha dado la razón a la fiscalía y obliga a los condenados a devolver, de forma solidaria, el dinero público que desviaron a sus bolsillos. El TS recuerda que debe tenerse en cuenta la “responsabilidad civil” que nace del delito.
Los condenados desviaron fondos a un plan de pensiones
El alto tribunal ha acabado rebajando las penas de cárcel para los dos expresidentes con el argumento de que no debe aplicarse el tipo penal agravado de malversación. Aunque “es cierto que la cuantía es importante”, también lo es, razona la sentencia, que el expolio “se realizó a lo largo de aproximadamente 10 años” y que “no hubo daño al servicio público”, requisitos para aplicar la agravante. Las penas superan los dos años, por lo que en principio deben ingresar en prisión.
La Audiencia de Barcelona consideró probado que Roig y Herce “ambicionaron un enriquecimiento económico personal muy superior al que les proporcionaría su retribución salarial”. Ambos hicieron extensivos los beneficios del plan de pensiones a otros directivos “para enmascarar su ilegal enriquecimiento”. En su declaración en el juicio, los tres expresidentes defendieron las bondades del plan de pensiones. El objetivo era, explicaron, evitar la fuga de los directivos más valiosos, que, en plena efervescencia por la organización de los Juegos Olímpicos de Barcelona, podían verse tentados por ofertas económicas más favorables del sector privado. La fiscalía desmontó esa tesis durante el juicio con el argumento de que es “incomprensible” que esos supuestos incentivos económicos se hicieran llegar también a “contables, gestores e incluso miembros de la asesoría jurídica”.
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