CiU y PP vetan que la Iglesia pague el IBI en Barcelona
La propuesta de Iniciativa pide realizar un censo de los bienes inmuebles de las entidades religiosas
La polémica por la propuesta de que la Iglesia católica pague el impuesto de bienes inmuebles (IBI) por sus propiedades desembarca en Barcelona, después de que los Ayuntamientos (del PP) de Zamora y Alcalá de Henares lanzaran la idea. Convergentes y populares —que suman mayoría en el Consistorio— anunciaron ayer su voto negativo a una proposición de Iniciativa en ese sentido que será presentada en el plenario del próximo viernes. El PSC y UxB se mostraron favorables a la propuesta.
La propuesta de ICV-EUiA llegó el mismo día en que el presidente de la Conferencia Episcopal, Antonio María Rouco Varela, dijo que la institución podría pagar el impuesto, pero “en detrimento de otras acciones”. “Es deplorable que el cardenal amenace con recortar el presupuesto de Cáritas para conservar un privilegio fiscal”, dijo ayer el líder ecosocialista Ricard Gomà. En el texto se pide que se grave a todas las religiones, se recuerda que la exención incluye a “los templos, residencias, oficinas, seminarios, conventos, pisos, locales y solares que son propiedad de la Iglesia”, y se solicita la elaboración de un censo. La crítica más punzante a la propuesta llegó desde el PP. “Han descubierto lo que no habían visto en 32 años de gobierno en Barcelona”, aseguró Alberto Fernández Díaz.
La Iglesia católica —desde el arzobispado hasta las órdenes religiosas— es una de la mayores propietarias de inmuebles y se desconoce a cuánto asciende el monto que la ciudad deja de percibir por la exención. La bonificación viene regulada por la Ley de Haciendas locales, que recoge el acuerdo de 1979 de Asuntos Económicos entre el España y la Santa Sede. Dicha norma estatal —con rango de tratado internacional— da el mismo privilegio a otras asociaciones confesionales, a la Cruz Roja y a los cuerpos consulares.
La Ley de Mecenazgo, de 2002, aprobada por el PP, establece igualmente que las entidades jurídicas, inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, tengan exenciones. Un ejemplo: un piso propiedad de la Iglesia, alquilado, no tiene que pagar IBI; si está vacío, sí, según explicó Montserrat Ballarín, experta en derecho tributario y ex edil de Barcelona. La Iglesia tampoco paga otras tasas que se cobran con el IBI, como la de residuos.
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