Los jueces tumban las nuevas estaciones de ITV
La sentencia censura que la Generalitat tenga autoridad para limitar los centros de inspección
El plan aprobado por el Gobierno tripartito en 2010 para crear un nuevo mapa de estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) podría quedar en agua de borrajas. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña emitió ayer una sentencia que tumba buena parte de sus artículos; entre ellos, los que daban a la Generalitat la potestad de autorizar la apertura de nuevos centros y limitarlos en función de cada territorio. El Departamento de Empresa tiene 10 días para analizar el texto y recurrir la decisión judicial.
El alto tribunal catalán considera fuera de ley algunos artículos del decreto que aprobaba el reglamento de desarrollo de la ley de seguridad industrial y del que ponía en marcha el plan territorial para ampliar el número de estaciones y de operadores en Cataluña. En la sentencia se argumenta que tanto la directiva de servicios europea como la normativa española establecen que la inspección de vehículos no necesita autorización.
La sentencia dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) abre la puerta a una liberalización absoluta del mercado de las ITV. Considera “nula la exigencia de autorización a los organismos de control y a las estaciones de inspección técnica”. Y también suspende la capacidad de la Generalitat para limitar cuántas empresas pueden actuar en Cataluña y que sea la Administración catalana la que determine la solvencia económica necesaria y la cuota de mercado para poder abrir una estación de servicio. De la misma forma, se cuestiona que se diera continuidad sin licitación alguna a las empresas que históricamente habían gestionado estaciones y que se prohibiera a las empresas autorizadas en otras comunidades autónomas a operar en Cataluña.
La sentencia abre la puerta a una liberalización absoluta del mercado de las ITV
La excesiva restricción de los decretos del Gobierno catalán motiva la posición del TSJC, que considera que incluso se limitaban las estaciones de ITV según una distancia mínima entre ellas, pese a la contraria normativa europea, y la duración limitada de la concesión. De ahí que la sentencia concluya que existe “una incompatibilidad generalizada” de los articulados con el régimen de libre estacionamiento que propone la normativa europea.
El Departamento de Universidades que dirigía el republicano Josep Huguet fue el responsable de aprobar en 2010 el nuevo plan de estaciones de revisiones obligatorias de vehículos, que hasta entonces estaba en manos de dos empresas, y pasó a dar juego a otras tres. Además, obligó a los operadores a comprometerse a rebajar entre el 5% y el 15% la tarifa máxima permitida.
Sin embargo, disconforme con la normativa, la empresa OCA Inspección Técnica de Vehículos impugnó la normativa y llevó a la Generalitat y a las cinco compañías que ganaron el concurso a los tribunales, lo que provocó la suspensión cautelar de la nueva normativa y la sentencia conocida ayer. El abogado de OCA, Albert Raventós, señaló ayer a este diario que la sentencia podría ser aplicable también a otros ámbitos de la economía, como la apertura de grandes equipamientos comerciales, limitados por la normativa autonómica.
La sentencia llega un mes después de que transcendiera una investigación sobre la trama creada para manipular concursos públicos de la inspección técnica de vehículos, por la que fue detenido el número dos de la Diputación de Barcelona, Josep Tous, contratado por el Departamento de Empresa para trabajar en el ámbito de las ITV.
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