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El juez absuelve a los acusados por el vertido tóxico al Umia en 2006

La sentencia admite que la operación era peligrosa y el incendio, "previsible"

Aspecto que presentaban las aguas del Umia en septiembre de 2006, tras el vertido, a su paso por el ayuntamiento de Portas.
Aspecto que presentaban las aguas del Umia en septiembre de 2006, tras el vertido, a su paso por el ayuntamiento de Portas.ANXO IGLESIAS

El Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra ha absuelto a los tres empleados de la planta química Brenntag acusados de un delito ecológico por causar el incendio que dio lugar al vertido al río Umia en septiembre de 2006 que mató a la fauna en siete kilómetros de su cauce. El juez confirmó los presagios del fiscal y absolvió a los encausados porque entiende demostrado que a pesar de que existía peligro de incendio no incumplieron ninguna norma, y porque fue imposible probar la causa del chispazo inicial.

El fiscal achacaba a los enjuiciados —dos operarios de la fábrica y una consejera de seguridad— sendos delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, que habrían cometido por omisión e imprudencia al olvidarse de conectar una pinza a una cubeta mientras un camión cisterna descargaba tolueno —un derivado del petróleo muy inflamable—, y así evitar que se crease un corriente de electricidad estática que a su vez habría sido la culpable del chispazo.

El juez asegura que no había ninguna norma que obligase a tomar precauciones

Aunque en la resolución, adelantada por EFE, el magistrado Juan José Trashorras considera un hecho que ese tipo de operaciones de trasvase son peligrosas y que “la posibilidad de que se produzca una deflagración de naturaleza electrostática que genere un incendio por contacto con los gases emanados en el trasvase de tolueno era previsible, al menos para quien en ese momento manipulaba la manguera”, los absuelve porque explica que no hay ninguna norma que obligue a tomar precauciones. Durante la vista, la fiscalía y el abogado de la Xunta se enzarzaron en algún momento con los tres abogados que defendían a los empleados al respecto de si una disposición de un reglamento sobre el almacenamiento de productos químicos era aplicable, tras lo que el fiscal acabó admitiendo que podía existir un vacío normativo.

El letrado de la Xunta se quejó, también durante la vista, del absurdo de que una disposición de la misma norma que no afectaba a vertidos inflamables sí obligase a fijar la toma de tierra, pero el juez explica en la resolución que la ley no da otra opción. “El surgimiento de la responsabilidad penal exige la vulneración patente de una norma relevante y suficientemente clara. El trasvase de tolueno en el modo en que se efectuaba no quebranta ninguna norma y no consta, por otra parte, que la pauta habitual en este tipo de empresas fuera distinta a la empleada por Brenntag”, zanja. “No lo entendemos, de ser así podría haber un incendio en cualquier planta química y no pasaría nada”, señaló a la conclusión del juicio el fiscal, que finalmente no verá prosperar la pena de cuatro meses y 15 días de cárcel que pedía para los acusados.

También falló a la acusación el testimonio clave del agente de la Guardia Civil que había redactado el informe pericial, y que lejos de ser concluyente sobre la causa del primer fogonazo, señaló que había varias hipótesis factibles, y que hasta una corriente de aire podía estar en el origen. “La causa pudo ser fortuita”, deslizó. El responsable de la planta, que declaró como testigo, afirmó además que la consejera de seguridad no tenía realmente funciones de supervisión sobre los operarios y ni siquiera estaba obligada a estar presente durante la descarga.

La defensa no convenció  al magistrado de que el vertido no había sido tan grave

Lo que no consiguió la defensa fue convencer al magistrado de que el vertido no había sido tan grave y que la muerte súbita de los peces se debió más a la contaminación histórica del Umia que al vertido en sí. El testimonio de varios policías y los análisis periciales convencieron al juez de que fue tras la explosión y el vertido —de color azul, celeste o turquesa, según la versión— los causantes de una subida drástica de la acidez que se llevó por delante a los peces. “Sin perjuicio de que deba reconocerse el esfuerzo realizado por la propia empresa en colaboración con los organismos oficiales (...) resulta acreditado que el vertido convirtió el agua en nociva para la salud y puso en grave peligro el sistema natural”.

Indemnización salvada

El fallo judicial sobre el vertido valida el razonamiento de la Xunta, que pactó con la empresa antes del juicio cobrar 5,5 millones de euros de los 9,6 millones que reclamaba inicialmente. Si hubiese seguido adelante con el pleito se habría ido de vacío.

“Aún en el caso de que el resultado fuese positivo para la Xunta, en lo tocante a la cantidad a indemnizar, esta podría ser menor que la acordada y podría demorarse por un plazo de tiempo amplio”, recordaba hace unos días respecto al caso el conselleiro de Medio Ambiente, Agustín Hernández. Salvo que la fiscalía recurra, la sentencia pone fin a un proceso de seis años que en 2008 estuvo cerca de acarrear una sanción a la propia Xunta por parte de la Unión Europea por el retraso en remitir un informe sobre el accidente.

Seis años después del vertido, la salubridad del Umia sigue siendo muy mejorable, con una contaminación crónica cuya estampa habitual es el color verdoso que tiñe su cauce cuando falta la lluvia y sube la temperatura la concentración de cianobacterias, que los ecologistas achacan al embalse de A Baxe y la Xunta a los constantes vertidos.

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