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El TSJM ratifica que la gran huelga de Metro fue "ilegal"

El tribunal ve un "indiscutible perjuicio" a los viajeros en los paros sin servicio de junio de 2010 Los trabajadores protestaban por un recorte salarial que solo se aprobó para funcionarios

Pilar Álvarez
La estación de Nuevos Ministerios, durante una de las jornadas de huelga.
La estación de Nuevos Ministerios, durante una de las jornadas de huelga.ÁLVARO GARCÍA

Segunda sentencia contra la última gran protesta de los trabajadores de Metro. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) considera "ilegal" la huelga llevada a cabo en Metro el 29 y 30 de junio de 2010, jornadas en las que se incumplieron los servicios mínimos del 50% decretados por el Gobierno regional. Millones de viajeros sufrieron el caos circulatorio durante los paros (3,5 millones sumando los dos días, según la sentencia). El Alto Tribunal madrileño ha ratificado una sentencia previa del Juzgado de lo Social contra la que recurrieron los sindicatos.

El texto judicial, del pasado 20 de febrero, ha desestimado este recurso de las centrales (Sindicato de Conductores, Solidaridad Obrera, UGT, Sindicato Libre y CC OO), que alegaba que en Madrid existe un servicio alternativo de transporte (autobuses y trenes) y que las molestias a los ciudadanos no fueron tan graves.

Los trabajadores de Metro protestaban por un plan de recortes de la Comunidad de Madrid, aprobado para sus empresas públicas, que contemplaba aplicar la bajada del 5% de la nómina impuesta a todos los funcionarios del país por el Gobierno de José Luis Rodríguez  Zapatero. El Ejecutivo regional incluyó a Metro y a otras empresas en las que no hay funcionarios, sino trabajadores sujetos a convenios propios. La sentencia no entra en este particular, que fue una de las cuestiones que alegaron los sindicatos, al entender que no le corresponde.  La huelga acabó el 19 de julio, tras una asamblea en la que los aprobaron la bajada de un 1% de los salarios.

La sentencia contradice, como ya hizo el juzgado de lo social, el argumento de los sindicatos de que Metro no presta un servicio esencial puesto que existen otros modos de transporte público. Según el texto judicial, es esencial  además de "necesario e indispensable para los cotidianos desplazamientos de los ciudadanos". Y añade que hubo un "indiscutible perjuicio a los potenciales viajeros, a quienes se privó de forma absoluta, no proporcional o aminorada, de poder desplazarse a sus diferentes destinos".

Metro ha calificado la sentencia de "histórica" en un comunicado y asegura que "evitará que vuelvan a sufrir en el futuro huelgas salvajes, abusivas e indiscriminadas". Contra ella cabe recurso de casación. El sindicato CC OO ya ha anunciado que hará uso de ese derecho. UGT ha trasladado la sentencia a sus servicios jurídicos que tomarán una decisión.

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Sobre la firma

Pilar Álvarez
Es jefa de Última Hora de EL PAÍS. Ha sido la primera corresponsal de género del periódico. Está especializada en temas sociales y ha desarrollado la mayor parte de su carrera en este diario. Antes trabajó en Efe, Cadena Ser, Onda Cero y el diario La Opinión. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Sevilla y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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