Una sentencia obliga a la Comunidad a proteger al personal de los helicópteros
El juez condena al Summa a comprar monos de vuelo ignífugos y cascos especiales a los médicos El personal sanitario llevaba tiempo reclamando estas medidas de seguridad
La Comunidad de Madrid deberá proporcionar al personal que trabaja en los helicópteros sanitarios del Servicio de Urgencias Médicas de Madrid (Summa 112) uniformes ignífugos y cascos con auriculares incorporados. El juzgado de lo contencioso administrativo número 12 de la capital ha condenado a la Comunidad a “dotar al personal que presta servicios en medios aéreos” de estos medios, que algunos de sus trabajadores llevaban años reclamando sin éxito como medida de seguridad. La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, precisa que los médicos, enfermeros y técnicos de emergencias que trabajan en los helicópteros del Summa 112 deben contar con “monos de vuelo ignífugos y cascos de vuelo con comunicaciones”.
La propia sentencia especifica que la compra del material debe correr a cargo de la adjudicataria del servicio, la empresa de helicópteros Inaer, puesto que el pliego de condiciones del concurso público que ganó estipulaba que era necesario dotar al personal de este tipo de vestuario.
El apartado 6.2 del pliego de prescripciones técnicas señalaba que tanto la tripulación aeronáutica como la asistencial (los trabajadores sanitarios) debían contar con “un mono ignífugo con tratamiento Nomex, ajustado a la imagen corporativa del Summa 112”. El apartado 7 precisaba que los sanitarios debían llevar “cascos integrales con audio incorporado cuya utilización será obligatoria durante el vuelo”, detalla.
El fallo, contra el que cabe recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, afecta a medio centenar de trabajadores que prestan sus servicios en los dos helicópteros sanitarios, uno con base en Las Rozas, y otro en Lozoyuela, con los que cuenta el Summa 112. Se trata de vehículos equipados exactamente igual que una UVI móvil y que se usan en emergencias que ocurren en lugares de difícil acceso o en las que se producen en puntos muy alejados de la región cuando la gravedad de los accidentados exige un tiempo breve de respuesta y de traslado a un hospital. En la base de Las Rozas trabajan nueve turnos de tres personas (un médico, un enfermero y un técnico); en la de Lozoyuela, seis turnos de cuatro personas (hay dos técnicos en lugar de uno).
Equipamientos peligrosos
“Ahora llevamos una chaquetilla con una banda reflectante y un color muy llamativo, pero el tejido, como de lona ligera, arde”, explica Nicolás Riera, médico del servicio y miembro del Sindicato Unión de Funcionarios de Emergencias y Rescate de Madrid (Ufercam), una de las partes que presentó recurso. “El forro polar también arde. Si le acercas un mechero, se arruga, es como plástico”, añade. Riera no se explica por qué no se les ha facilitado el vestuario que exigían los pliegos del contrato, firmado en 2006. “Supone un ahorro muy pequeño en el montante total”, señala. No culpa a la empresa adjudicataria, sino a la Administración. “De hecho, la empresa empezó a tomarnos medidas para ver qué tallas eran necesarias, pero fue el Summa el que determinó que no hacían falta”, asegura.
Pedro Martínez Tenorio, director gerente del Summa 112, asegura que su decisión no tuvo nada que ver con el ahorro. “El equipo que llevan ahora los trabajadores ya es de máxima seguridad. El que ellos querían poner es inferior. No solo no es necesario sino que además perjudica a la seguridad”, afirma. Admite, eso sí, que la ropa que se usa actualmente “resiste a la chispa”, pero no es completamente ignífuga. “El comité de seguridad y salud laboral, del que forman parte los sindicatos, junto con la Inspección de Trabajo, decidieron no usar ese equipo”, añade. La sentencia, sin embargo, considera que el mono ignífugo y el casco son necesarios para la protección de los trabajadores.
El juez se basa en un informe de la sociedad de prevención Ibermutuamur que “al identificar riesgos evitables respecto al incendio señala que la ropa de trabajo entregada no es ignífuga y la medida preventiva exige ropa de trabajo con características ignífugas”, detalla la sentencia. La Comunidad de Madrid aportó otro informe, encargado a la empresa Atisae, pero el juez no lo toma en consideración. Asegura que “queda claramente desvirtuado” por el otro informe y señala incluso que “no visitó la base de helicópteros de Las Rozas”. Respecto al ruido, el informe que cita el juez señala que los trabajadores “no disponen de protección auditiva mientras se accede o sale del helicóptero y solo se dispone de protección auditiva en el interior del mismo”. Como medida preventiva, “recomienda dotar de protectores auditivos a los trabajadores”.
Riera asegura que las dotaciones sanitarias de los helicópteros de otras comunidades autónomas, como la vecina Castilla-La Mancha, sí cuentan con el mono ignífugo y los cascos que se han estado reclamando en Madrid. Y explica en qué situaciones puede ser necesaria la ropa ignífuga: “A veces, cuando se encadenan varios avisos, se hace repostaje en caliente, es decir, no se para el motor y el equipo se queda dentro del helicóptero. En caso de incendio, este material retardante te da unos segundos para poder salir”. El gerente del Summa no sabía ayer si la sentencia se va a recurrir, pero aseguró que hacerlo es “la norma” cuando los fallos son contrarios a la Comunidad de Madrid. El contrato con la empresa de helicópteros ya ha vencido. Se están firmando prórrogas de meses mientras se elaboran los pliegos, informó el gerente.
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