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RELIGIÓN

El Estado reconoce derechos religiosos a otras confesiones sin equipararlas con la católica

Los ciudadanos de confusión protestante, judía o musulmana tendrán pronto similares derechos que sus compatriotas los católicos, aunque la equiparación no será total. No estarán, por ejemplo, exentos del pago del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en la construcción de templos. Musulmanes y judíos tampoco tendrán garantizada la celebración de sus fiestas religiosas, que deberán negociar con sus empresas. El ministro de Justicia, Tomás de la Quadra, informó el viernes al Consejo de Ministros de los acuerdos suscritos con estas tres confesiones.

Los musulmanes, última confesión en alcanzar un acuerdo con el Ministerio de Justicia, deberán negociar con sus empresarios el disfrute de horas laborales recuperables para acudir a la oración colectiva. Para este fin, los ciudadanos de esta confesión podrán interrumpir su jornada laboral cada viernes, día de rezo colectivo obligatorio, entre las 13.30 y las 16.30.También tendrán que alcanzar un acuerdo para concluir su jornada laboral una hora antes de la puesta del sol durante el mes del Ramadán. Igual ocurre con los judíos y los miembros de la Unión de Iglesias Cristianas Adventistas del Séptimo Día y otras Iglesias evangélicas que realizan su jornada de descanso semanal entre las puestas del sol del viernes y del sábado.

Las festividades y conmemoraciones que tengan carácter religioso también deberán ser negociadas por musulmanes y judíos en sus centros de trabajo. Los fieles de estas confesiones podrán permutarlas con alguna de las 12 Fiestas laborables que son sustituibles, según estipula el Estatuto de los Trabajadores. Los escolares de estas confesiones también solicitarán dispensa para asistir a sus actos de culto y conmemoraciones religiosas. Sin embargo, las fiestas que la Iglesia católica negocia cada año con el Gobierno son días festivos para todos los ciudadanos.

Los acuerdos establecen además que los escolares podrán recibir enseñanza religiosa de su confesión. Los musulmanes, judíos y protestantes verán, sin embargo, limitado este derecho cuando se trate de centros privados concertados, que pueden negarse alegando su ideario.Cabe recordar que los escolares que desean elegir la asignatura de religión y moral católicas pueden hacerlo en cualquier centro, tanto público como privado, pues es de oferta obligatoria. La atención religiosa en las tres confesiones no católicas podrá ser recibida en las dependencias penitenciarias y hospitalarias y en las Fuerzas Armadas. Los militares musulmanes y judíos que no puedan cumplir en el acuartelamiento con las obligaciones de atender a su culto podrán ser autorizados a abandonar la dependencia militar para desplazarse a la mezquita, oratorio o sinagoga más próximos.

Exenciones fiscales

Hay algunos rasgos comunes entre los acuerdos suscritos por estas tres confesiones y el firmado por el Gobierno con la Santa Sede en 1979. Al igual que sucede con los católicos, musulmanes, judíos y protestantes están exentos del pago del impuesto de bienes inmuebles y de las contribuciones especiales que graven a sus lugares de culto y a los centros destinados a la formación de sus dirigentes religiosos. Tampoco pagarán el impuesto de sociedades que grava los incrementos de patrimonio obtenidos gratuitamente, si van destinados a actividades religiosas.Las tres confesiones, al igual que la católica, podrán obtener donaciones que desgravarán a quienes las realicen un 10%. Esta fórmula de Financiación ha entrado en vigor este ejercicio económico. La cantidad donada desgrava un 10%. Los ministros de culto de estas confesiones. quedan incluidos en la Seguridad Social, en el mismo régimen que los trabajadores por cuenta ajena. Judíos y musulmanes, que podrán sacrificar animales de acuerdo con sus confesiones, podrán utilizar denominaciones específicas para etiquetar como koshery halal, respectivamente, los productos elaborados según sus normas religiosas.

Los miembros de estas confesiones internados en establecimientos públicos y dependencias militares, así como los escolares, tendrán derecho a adecuar su alimentación a sus preceptos religiosos. Los matrimonios de personas de confesión musulmana estarán regulados por el Código Civil, de modo que quedará excluida la poligamia. El Consejo de Ministros tramitará a las Cortes, en una próxima reunión a las Cortes -presumiblemente el próximo viernes, 3 de abril- las tres leyes que regulan estos acuerdos, primeros de cooperación con confesiones no católicas.

Judíos y protestantes habían solicitado que el Gobierno tramitara estos acuerdos antes del próximo 31 de marzo, cuando se cumple el quinto centenario de la expulsión de los primeros de España. La entrada en vigor de estos acuerdos acabarán con una situación de intolerancia religiosa.

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