Expediente a tres magistrados de Barcelona por coacciones a un procesado y otras anomalías
BONIFACIO DE LA CUADRA El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto expediente disciplinario a tres magistrados de Barcelona, contra dos de los cuales, Adolfo Fernández Oubiña, de 56 años, y José Luis Barrera Cogollos, de 41, se inició otro hace un mes, en ambos casos por falta muy grave y a iniciativa del Tribunal Supremo. El tercer expedientado ahora es César Plana Saura, de 61 años. El nuevo expediente se abre por anomalías procesales y coacción sobre un procesado para que retirara un recurso, a raíz de lo cual se te puso en libertad.
La comisión disciplinaria del CGPJ informó el martes pasado al pleno del Consejo del acuerdo adoptado: abrir expediente a los tres magistrados citados, nombrar instructor del mismo al magistrado del Supremo Siro Francisco García Pérez -uno de los ponentes del juicio de la colza- y remitir el caso al fiscal general del Estado, por si se apreciara la existencia de delito. La sanción máxima que puede imponerse es expulsión de la carrera judicial.El origen de este expediente fue la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de declarar la nulidad de pleno derecho de las actuaciones practicadas por los integrantes de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, al apreciar en la tramitación de una causa una serie de "flagrantes violaciones de las normas de procedimiento" y el ejercicio de "presión psicológica" sobre un procesado, entre otras irregularidades. Junto a la orden de tramitar de nuevo las actuaciones "con arreglo a derecho", el Supremo remitir copia de la sentencia al CGPJ.
El origen de las actuaciones judiciales, tan severamente criticadas por el Supremo, fue una causa seguida por presunto delito de infracción de la propiedad industrial por las firmas Esselte Pendaflex Corporation y Esselte Meto Internacional contra Joaquín Sevilla Madriles, acusado de fabricar y comercializar productos que reproducían las etiquetas Meto de las que aquellas eran titulares. El 12 de diciembre de 1985, los magistrados ahora expedientados absolvieron al acusado por considerar que los hechos probados no constituían delito alguno. Las dos entidades mercantiles presentaron recurso de casación ante el Tribunal Supremo y alegaron una serie de irregularidades.
"Presión psicológica"
En su sentencia, el Tribunal Supremo decidió de oficio anular las actuaciones, tras apreciar una serie de irregularidades, entre otras la vulneración de los principios de igualdad procesal y contradicción que provocaron la indefensión del acusado, al que no se le trasladó la causa para calificación y no se le admitió la cuestión previa sobre otro pleito pendiente con los querellantes. Asimismo, destaca que cuando el acusado recurrió contra la resolución, fue "reducido a prisión", hasta que el tribunal ejerció "sobre él indudable presión psicológica que le forzó a abdicar de su derecho", a raiz de lo cual fue puesto en libertad sin fianza.
El Supremo relata asimismo la indefensión en que la sala de Barcelona dejó a la acusación particular, al no citarla para el juicio oral, de igual modo que no citó a los peritos y testigos a pesar de la previa declaración de que se trataba de pruebas pertinentes. El alto tribunal reprocha a los magistrados que, "tras tamañas irregularidades", dice, dictaran "sentencia absolutoria, nociva para dicha acusación y carente de los indispensables presupuestos garantizadores del acierto de la referida resolución".
Llueve sobre mojado
El expediente disciplinario abierto a tres jueces se suma al iniciado hace un mes contra un tribunal presidido por uno de ellos, Adolfo Fernández Oubiña, por "falta de sensibilidad por la dignidad de las personas juzgadas", entre otras anomalías (veáse EL PAÍS del 29 de junio último).En cumplimiento del fallo del Supremo que ha dado origen al nuevo expediente, el tribunal presidido por Fernández Oubiña, actuando éste como ponente, dictó el 13 de julio último una nueva sentencia. En ella se critica al Supremo por decretar la nulidad de actuaciones.
Por otra parte, un condenado a 17 años de cárcel por un tribunal presidido por Fernández Oubiña, ha pedido el amparo del Tribunal Constitucional por creer que no se probó que matara a un policía. Desde la cárcel Modelo de Barcelona, donde se encuentra, Juan Pablo Murillo Rayego se lamenta, como otros presos, de "la mala suerte de ser juzgado" por una sala presidida por Fernández Oubiña, a quien acusa de haberse inventado una pistola de calibre 357, que no deja casquillos, ante la inexistencia de casquillos delatores de los disparos que se le atribuyen. "No se puede juzgar con cosas que no existen, por que si no", escribe el recluso, "no hay justicia justa".
Fernández Oubiña, gallego afincado en Cataluña, ha sido profesor universitario de Derecho y, entre sus artículos periodísticos, destacan los que publicó con motivo del juicio sobre el golpe del 23-F.
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