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El Supremo de Estados Unidos falla contra un salvadoreño a quien se negó la entrada al país por sus tatuajes

Pese a que la petición de visa había sido aprobada por Inmigración, el hombre no recibió la ‘green card’ por supuestamente formar parte de la mara MS-13

María Antonia Sánchez-Vallejo
Tribunal Supremo de Estados Unidos
Sede del Tribunal Supremo de Estados Unidos, en Washington.Will Dunham (REUTERS)

La misma semana que la Casa Blanca anunciaba un programa que favorece a los cónyuges sin papeles de ciudadanos estadounidenses, el Tribunal Supremo de EE UU ha fallado contra un potencial beneficiario de la medida. En las tres decisiones publicadas este viernes, el alto tribunal rechazó la solicitud de una ciudadana estadounidense casada con un salvadoreño al que las autoridades migratorias negaron la visa para entrar en EE UU, por argumentos de seguridad pública debidos, en buena parte, a sus tatuajes.

En una votación de seis a tres —los seis miembros conservadores contra la minoría liberal de la instancia—, el máximo tribunal dio la razón al Gobierno en el caso de Luis Asencio Cordero, de 47 años, que lleva separado de su esposa, la abogada estadounidense Sandra Muñoz, durante casi 10 años. El Departamento de Estado le denegó en su día la visa de inmigrante por supuestamente ser miembro de una mara en El Salvador. En octubre de 2022, el Tribunal de Apelaciones para el Noveno Circuito consideró que el Departamento de Estado había violado los derechos constitucionales de Muñoz y la Administración demócrata apeló ante la Corte Suprema.

La opinión concluyente de la Corte Suprema cita “una disposición que considera inadmisible a un no ciudadano de quien el funcionario [consular] sabe, o tiene motivos razonables para creer, que busca ingresar a Estados Unidos para participar única, principal o incidentalmente en ciertos delitos específicos o cualquier otra actividad ilegal”. La decisión considera que no se violó el “debido proceso” contra Muñoz y su esposo.

El argumento legal de la ultraconservadora jueza Amy Coney Barret, que fue nombrada por Donald Trump, es que un estadounidense, por el simple hecho de serlo, no tiene el derecho intrínseco de que su cónyuge extranjero sea aceptado con una visa en el país. “Según la doctrina de la no impugnación consular [sobre visas], la decisión de un funcionario ejecutivo de [admitir o excluir a un extranjero] ‘es definitiva y concluyente’ y no está sujeta a revisión judicial en un tribunal federal”, destaca la jueza, sin hacer referencia a los motivos —los tatuajes— que supuestamente originaron la denegación del visado. En el lado contrario, la jueza Sonia Sotomayor, una de las tres liberales a favor de Muñoz, subrayó el “interés constitucionalmente protegido [de la esposa] en la solicitud de visa de su esposo porque su denegación perjudica su derecho al matrimonio”.

La pareja se conoció en Los Ángeles, donde se casaron, y en 2015 el hombre regresó a su país para, según establece la Ley de Nacionalidad e Inmigración (INA, en sus siglas inglesas), solicitar en su país de origen la green card y poder así regresar a EE UU como residente permanente. Pero durante la entrevista en la sede diplomática se le solicitó que se desnudara y se hicieron fotos de sus tatuajes. Un funcionario consular le preguntó por sus antecedentes penales. Sólo constaba un arresto de tres días por una pelea, un caso por el que el contrincante no presentó cargos.

Tras la entrevista, el salvadoreño fue informado de que su solicitud de residencia había sido rechazada, pese a que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), tras verificar sus antecendentes, determinara que Asencio no era una amenaza pública. Al hombre no se le explicaron entonces los motivos del rechazo y no fue hasta 2017, al presentar la pareja una demanda en California, cuando conocieron que se le había negado la tarjeta de residencia porque el Gobierno consideró que era miembro de la mara Salvatrucha (MS-13) por lo dicho en la entrevista, su supuesto historial criminal y sus tatuajes.

El Departamento de Justicia argumentó entonces que el Ejecutivo tiene la facultad de excluir a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses “sin dar una razón”, a pesar de que el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, en sus siglas inglesas) había aprobado también la petición. Un trámite que la jueza Sotomayor recordó este viernes al explicar su voto, señalando que “una vez que el marido de Muñoz abandonó el país confiando en la aprobación [de USCIS], su matrimonio dejó de importar”. La hija de ambos es ciudadana estadounidense.

Apoyado por la Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU, en sus siglas inglesas), grupos de activistas y varios abogados de la Universidad de Berkeley, el matrimonio se embarcó en una ardua batalla legal con la intención de averiguar cuáles eran los criterios de concesión de visas y qué proceso, si es que se sigue alguno, se utiliza para corregir decisiones consulares erróneas. Según los abogados que han asistido al matrimonio, la decisión del Supremo “es un ataque histórico” al debido proceso y a los derechos de la pareja y de los inmigrantes, al consagrar legalmente —con la inapelable decisión del más alto tribunal del país— una situación de separación familiar.

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