_
_
_
_
_

Otra sentencia libra a una tienda de pagar el canon digital

Los magistrados se basan en la jurisdicción europea y rechazan una demanda sobre hechos sucedidos entre 1999 y 2004

Nueva bofetada judicial al moribundo canon digital español. El Tribunal de Justicia Europeo sentenció en 2010 que el canon digital español era un abuso por indiscriminado y, al no distinguir entre quienes iban a usar el material adquirido para copia privada y quienes lo emplearían para otros usos, presentaba un grave defecto. En función de este criterio, la tienda barcelonesa Padawan fue absuelta de pagar el llamado canon digital (la tasa que grava a priori cualquier aparato o soporte susceptible de reproducir o copiar un archivo o documento sujeto a derecho de autor) que le exigía la SGAE por la venta de soportes de almacenamiento. Ahora la Audiencia de Barcelona ha dado la razón a otra tienda y le exculpa de no haber pagado el canon por idénticas razones.

Más información
La controvertida historia del canon
El nuevo canon no contenta a nadie
La Justicia europea ratifica la sentencia contra el canon digital
La sentencia del canon digital ya es definitiva

El caso llegó a la Audiencia después de que la tienda perdiera un juicio en primera instancia. En la sentencia de apelación, los jueces se han apoyado en la doctrina europea para rechazar los argumentos de la SGAE. Para Josep Jover, abogado de la citada tienda, esta nueva sentencia es importante porque se refiere a un impago del canon que data de los años 1999-2004 y los jueces acuden a la directiva europea de 2001 para argumentar su decisión. En el texto de la sentencia se afirma que los profesionales y los organismos y administraciones deben estar exentos del pago del canon y que en el caso de los particulares se debe probar que emplearon el material adquirido para copia privada de archivos protegidos por derechos de autor. "La compensación equitativa, señala la sentencia, debe fijarse en función de los perjuicios creados. Los jueces han desestimado en su totalidad las pretensiones de la SGAE porque se limitaron a presentar las facturas de material vendido sin aclarar el uso dado al mismo por los clientes".

Los jueces argumentan, además, que en la época analógica podía pensarse que los aparatos de almacenamiento iban destinados preferentemente a la copia privada, pero en la era digital, estos dispositivos tienen usos muy diferentes. El abogado tiene en la misma jurisdicción otros dos casos pendientes de sentencia muy similares.

El PP ha anunciado que suprimirá el canon y lo sustituirá por un gravamen universal. La cantidad saldrá, según fuentes ministeriales de una partida de los Presupuestos Generales del Estado, que se pactará con las entidades de gestión, y ascenderá a una cifra entre 37 y 42 millones, cantidad que sale de multiplicar la población española por 0,8 o 0, 9 euros per cápita. Menos de la mitad de lo recaudado con el anterior sistema en 2010.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_