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Un juez italiano desestima una causa penal por el P2P

El tribunal considera que al no existir un ánimo de lucro en el intercambio, éste no vulnera la norma penal

Un juez de Roma ha archivado hoy una causa penal abierta por violación sobre la tutela de los derechos de autor al considerar que el intercambio de archivos gratuitos en la Red, mediante el sistema peer to peer (P2P), no es perseguible por vía penal. El tribunal considera que al no existir un ánimo de lucro en el intercambio, éste no vulnera la norma penal.

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En el proceso, que se abrió por una denuncia por violación de la norma sobre la tutela de los derechos de autor, el fiscal argumentó que intercambio se trata de un "fenómeno muy difundido, difícil de criminalizar y cuya verificación es casi imposible en lo referente a la recogida de pruebas". El fiscal señaló que, no obstante, puede existir una infracción perseguible por vía civil sobre los derechos de autor.

Inmediatamente después de conocerse la sentencia, la Federación de la Industria Musical Italiana (FIDI) emitió un comunicado en el que interpreta que el tribunal sólo se refiere a portales que ofrecen información sobre el 2P2 y no a los usuarios particulares.

A pesar de la sentencia, desde esa organización se ha recordado que la normativa sobre los derechos de autor prevé sanciones penales a todos los que introducen música en los sistemas informáticos y que puede ser castigado con penas de entre 2.000 y 15.000 euros y de hasta cuatro años de cárcel.

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