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El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de la ley de familias sin la prohibición expresa del veto parental

La norma, que todavía puede cambiar durante su tramitación en el Congreso, no incorpora otros cambios sustanciales respecto a su anterior versión

Una familia descansa en la Casa de Campo en Madrid.Foto: ANDREA COMAS
Jose Sanz Sainz

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda lectura el anteproyecto de Ley de Familias, que reconoce la diversidad de modelos de convivencia, avanza en su protección social e incorpora mejoras en conciliación. Así, incluye nuevos permisos para cuidados de familiares, equipara las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y extiende la ayuda de 100 euros al mes por hijo que cobran las mujeres trabajadoras a desempleadas. Pero por el camino se ha quedado la mención expresa que había en el primer texto a la prohibición del veto parental, eliminada “atendiendo a la recomendación y el criterio técnico del Consejo de Estado”, según fuentes del ministerio. Este precepto especificaba que “los progenitores no podrán limitar el acceso de los niños a la información y participación en actividades de sensibilización y difusión de la diversidad familiar que se desarrollen en el marco educativo”.

El veto parental, en realidad, no es legal en España y no está implantado en ningún territorio. La legislación educativa no permite que los progenitores decidan si su hijo debe asistir o no a una actividad impartida en el centro durante el horario escolar, salvo en aquellos casos en que la normativa lo contemple expresamente (por ejemplo, en la clase de Religión). Aun así, Murcia, con un Gobierno del PP y Ciudadanos con el apoyo de Vox, intentó implantarlo, dictando para ello unas instrucciones a principios del curso 2019-2020 que llegaron a estar unos meses en vigor

La norma, que todavía podría sufrir más modificaciones durante su tramitación en el Congreso, no incorpora más cambios sustanciales respecto a su anterior versión.

La ministra de Derechos Sociales y secretaria general de Podemos, Ione Belarra, que no ha comparecido en la rueda de prensa después del Consejo de Ministros, ha advertido en un vídeo difundido a través de Twitter: “España tiene una emergencia de conciliación. Demasiadas veces hemos pedido a las madres y a los padres que sean superheroínas y superhéroes, que lleguen a todo sin casi ninguna política de apoyo a las familias. Esto tenía que cambiar”. Belarra ha señalado que las instituciones estarán ahí para “acompañar, proteger y apoyar a las personas, a que puedan formar las familias que ellos decidan, si quieren hacerlo”, porque son ellos quienes “deben elegir con quien quieren compartir su vida”. La ministra ha agregado: “Queremos un país con personas más libres y más felices”.

Los pilares de la Ley de Familias

El texto del anteproyecto supone una gran apuesta por la conciliación. Se transpone la directiva europea de conciliación, de 2019, y se crean nuevos permisos retribuidos para el trabajador, que suman hasta nueve días al año. En primer lugar, uno de cinco días por “accidente o enfermedad graves o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo” tanto del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado o afinidad, así como de convivientes. En segundo lugar, el empleado podrá “ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata”. Tendrá derecho a cuatro días remunerados, que se podrán disfrutar por horas, de la forma en que se regule en los convenios colectivos, y si aporta una justificación. Se mantiene el permiso de dos días existente actualmente, ampliable a cuatro si hay que desplazarse de comunidad autónoma, por fallecimiento de familiar hasta de segundo grado.

Además, habrá un nuevo permiso parental que podrá disfrutarse de manera continua o discontinua hasta que los hijos cumplan ocho años, que en 2023 será de seis semanas y en 2024 se elevará a ocho. La directiva europea precisa que debe ser remunerado, pero en el borrador no consta como tal, aunque en la exposición de motivos se explica que los Estados miembros disponen hasta agosto de 2024 para trasponer esta medida.

La norma pretende garantizar el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familia, y recoge protección especial para 11 casos. Esta protección especial es para situaciones familiares que presenten vulnerabilidad y tengan menores a cargo; las familias numerosas y supuestos equiparados; las situaciones familiares en que existan personas con discapacidad; las que cuenten con personas pertenecientes a los colectivos LGTBI; aquellas en las que se producen nacimientos, adopciones o acogimientos múltiples; donde hay adopciones o acogimientos; las que cuentan con hijos de uniones anteriores; las residentes en el medio rural y otros colectivos con necesidades de apoyo, como la población penitenciaria; las formadas por una sola persona progenitora, y las “situaciones familiares en las que alguno de sus miembros procede de otro Estado o territorio, se encuentren en el exterior o de emigrantes retornados”.

La ley también prevé que las familias numerosas pasen a englobarse en una categoría más amplia, la de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza. Allí entrarán también 300.000 familias monoparentales con dos hijos, que serán equiparadas a las numerosas, así como aquellas en las que un hijo o un progenitor tengan discapacidad y las monoparentales con dos hijos por cualquier razón. Habrá dos categorías de familias con más o menos beneficios: especial y general. En la primera se recoge a quienes tienen cuatro o más hijos (frente a cinco actuales) o tres (frente a cuatro actuales) cuando al menos dos sean de parto múltiple, a las monoparentales con dos hijos y a las que tengan bajos ingresos. El resto estará en la categoría general. Para mantener esta condición, los hijos deberán ser menores de 21 años, con carácter general, aunque cuando cursen estudios podrán llegar a los 26 (hasta ahora eran 25).

El anteproyecto equipara derechos entre los matrimonios y las parejas, de hecho que se constituyan como tal en un registro. Así, se prevé la creación de un registro estatal de las parejas ya inscritas en los registros de las comunidades autónomas y entidades locales. Las parejas de hecho dispondrán, igual que quienes contraen matrimonio, de 15 días libres cuando formalicen su situación.

La prestación actual de 100 euros al mes que perciben las mujeres trabajadoras con hijos de hasta tres años, se amplía a las madres que cobren una prestación por desempleo o hayan cotizado al menos 30 días a la Seguridad Social. Esta prestación se recibe a modo de deducción fiscal reembolsable. Sin embargo, no se llega a la universalidad que había defendido Belarra, y que piden las organizaciones de defensa de los derechos de los niños, aglutinadas en la Plataforma de Infancia. Esta deducción fiscal será incompatible con el complemento a la infancia que perciben las familias vulnerables beneficiarias del ingreso mínimo vital (100 euros para niños en este tramo de edad), es decir, se percibirá una ayuda o la otra. El ministerio defiende que, juntando ambas ayudas, se está cerca de la universalidad en ese tramo de edad.

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