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La Audiencia de Salamanca rebaja la pena de 19 a 12 años de prisión a un hombre por violación tras la ley del ‘solo sí es sí’

El preso y otro hombre agredieron sexualmente a punta de navaja a una turista que les pidió ayuda para encontrar su hotel

Despidos laborales
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en una imagen de archivo.Europa Press
Juan Navarro

La Audiencia Provincial de Salamanca ha reducido la condena en siete años de prisión a un hombre que fue condenado en 2017 a 19 años de cárcel por violar a una joven y actuar como “cooperador necesario” para que otro hombre también la agrediera. Tras la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí, la Audiencia deja en un total de 12 años de prisión la pena para este violador, a quien se le habían impuesto 12 años de cárcel por la agresión sexual y otros siete por permitir que otro hombre que lo acompañaba, que no fue identificado, también violara a la víctima.

En 2017, una mujer francesa que se encontraba de visita en Salamanca pidió ayuda de noche a una pareja de hombres que se encontraban en la calle y les solicitó instrucciones para que orientaran en dirección al hotel en el que se alojaba, según el relato de los hechos probados en la sentencia. Los varones, de los cuales solo ha sido identificado el condenado, de nacionalidad rumana, la invitaron a montar en la parte de atrás de su coche dándole a entender que la acompañarían a su alojamiento. Sin embargo, pronto la víctima se dio cuenta de que la estaban alejando del centro de la ciudad y pese a que les rogó que se detuvieran e incluso trató de parar el vehículo accionando el freno de mano, los dos compinches la llevaron a una zona apartada. Una vez en ese camino oscuro cercano al río Tormes, la amenazaron con una navaja y se turnaron para agredirla sexualmente con penetración mientras el otro vigilaba el entorno. Los restos de semen en la vagina de la mujer permitieron localizar al varón enjuiciado sin que se lograra dar con el otro violador. Además, los dos hombres le robaron el teléfono móvil, un anillo, una cámara de fotos y dinero en efectivo antes de dejarla tirada tras la violación. Ella, asustada, se escondió durante media hora para posteriormente vagar pidiendo socorro y ser atendida y puesta a disposición de unos policías que iniciaron el proceso de encontrar a los agresores. La víctima renunció a ninguna indemnización por los hechos demostrados.

El reciente pronunciamiento de la Audiencia salmantina explica que en la primera condena se le impusieron 12 años de prisión dentro de un rango de entre 12 y 15 años como “autor material” de la violación, agravada por la “actuación conjunta”. Asimismo, su papel como “cooperador necesario” de la agresión sexual de su acompañante le granjeó siete años entre rejas dentro de un delito sancionado con entre seis y 12 años. En ambos casos se le impuso un grado mínimo de sanción dentro de la horquilla posible. El juez, conforme a la legislación aprobada a finales de 2022, destaca que el primero de los delitos pasa a penarse con entre siete y 15 años de cárcel y que la colaboración necesaria se reduce a castigos de entre cuatro y 12 años. “En consecuencia, procede rebajar las penas impuestas al condenado como autor de una violación agravada [por la presencia de un segundo agresor] y cooperador necesario de una segunda violación de 12 y siete años [de cárcel], a una pena de siete años y otra de cinco años respectivamente”, zanja la sentencia actualizada.

El auto señala que la Fiscalía mantuvo que la pena inicial “seguía siendo imponible con arreglo a la modificación de dicha novedosa legislación”, aunque el argumento fue desestimado porque la revisión acarrea beneficios al reo, un principio del derecho. El magistrado indica que si este caso de mayo de 2017 se hubiese juzgado ahora, bajo las normas vigentes, hubiera seguido el mismo criterio que el mostrado al rebajar su condena. De este modo, el autor de la agresión sexual quedaría libre en 2035. Este dictamen judicial puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que hace una semana rectificó a la Audiencia Provincial de Zamora, que redujo medio año de prisión a un hombre por agresión sexual. La nueva ley reducía de 10 años a nueve y medio su privación de libertad, si bien el Alto Tribunal estimó que la primera resolución era pertinente y fundamentada y no procedía rebajarla.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publicó la semana pasada su primer recuento de rebajas de penas a agresores sexuales acordadas en aplicación de la nueva ley. Su número ascendía entonces a 721, de las que en al menos 74 casos (no todos los órganos judiciales lo habían especificado al trasladar la información al CGPJ) habían implicado la excarcelación de los condenados.

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Sobre la firma

Juan Navarro
Colaborador de EL PAÍS en Castilla y León, Asturias y Cantabria desde 2019. Aprendió en esRadio, La Moncloa, buscándose la vida y pisando calle. Grado en Periodismo en la Universidad de Valladolid, máster en Periodismo Multimedia de la Universidad Complutense de Madrid y Máster de Periodismo EL PAÍS. Autor de 'Los rescoldos de la Culebra'.

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