_
_
_
_

“La dejaron sin la protección que podría haber evitado la tragedia final”

Un voto particular del Consejo de Estado sobre los errores al valorar el riesgo de una mujer asesinada por su marido propicia una condena judicial al Ministerio de Interior

Stefany María González, asesinada por su esposo, en una imagen cedida por su famillia.
Stefany María González, asesinada por su esposo, en una imagen cedida por su famillia.

Stefany María González, de 26 años, acudió una madrugada de septiembre de 2016 a la comisaría. Tenía un parte de lesiones y marcas en la cara. Denunció las amenazas de muerte de su esposo, pero el sistema le falló. Un mes después fue asesinada por su marido. Ocurrió el 16 de octubre en el pueblo sevillano de Olivares, que hizo una colecta para poder repatriar su cadáver a la República Dominicana, donde viven sus padres. “La dejaron sin la protección que podría haber evitado la tragedia final”, subraya un voto particular del Consejo de Estado, en el que se basó la Audiencia Nacional para condenar al Ministerio de Interior a una indemnización de 180.000 euros a la familia, firmado por la exvicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega, al que ha tenido acceso este periódico.

La sentencia, contra la que cabe recurso, detalla cómo los agentes no apreciaron ningún riesgo en el relato de la mujer asesinada. El voto particular del Consejo de Estado, que además fue minoritario en la votación, recogía que “resultó negligente” esa actuación “al no ponderar con rigor el riesgo real al que estuvo sometida la víctima”, que hubo un “funcionamiento anormal” de los servicios públicos y una “negligente actuación” de los agentes de la Guardia Civil. Stefany María González deja dos niños huérfanos, que tenían cinco y tres años cuando ella fue asesinada por el padre de las criaturas, que después se suicidó. Los niños viven en Italia con una prima de la víctima.

La mujer salió de la comandancia aquel septiembre de 2016 con una valoración de “riesgo bajo” en el sistema Viogén, un cuestionario tipo test que funciona en todas las comisarías como herramienta para proteger a las víctimas y que ha sido modificado en cinco ocasiones, la última en 2019 para incluir el riesgo de “letalidad” para las mujeres y el riesgo general para sus hijos. Para 2021 hay previstos nuevos cambios anunciados recientemente por el Ministerio de Interior.

La batalla de la familia de Stefany María González dividió al Consejo de Estado. A petición del Ministerio del Interior, el órgano encabezado por María Fernández de la Vega debía pronunciarse sobre la indemnización solicitada por los padres e hijos de la víctima, que ascendía hasta los 375.739 euros por los “daños económicos, físicos y morales” sufridos. Este proceso consultivo —sin valor vinculante, pero al que se le otorga un gran peso— es muy habitual en la Administración cuando existen reclamaciones patrimoniales de estas características, según detallan fuentes de la institución.

Tras analizar el caso, la comisión permanente del Consejo de Estado se pronunció en mayo de 2019. La mayoría optó por rechazar la reclamación. Pero brotó la disidencia. La propia presidenta redactó un contundente voto particular contrario a la tesis predominante. A Fernández de la Vega se sumaron de seguido otros tres consejeros: la filósofa Victoria Camps; Fernando Ledesma, ministro de Justicia con el socialista Felipe González; y Enrique Alonso, jurista especializado en derecho administrativo y medioambiental.

Frente a sus cuatro votos quedaron los de los cinco que ganaron: Miguel Rodríguez-Piñero, expresidente del Tribunal Constitucional; Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, padre de la Constitución; Alberto Aza, diplomático y ex jefe de la Casa del Rey; José Luis Manzanares Samaniego, expresidente del Consejo General del Poder Judicial y exmagistrado del Supremo; y el fallecido Landelino Lavilla, ministro de UCD con Adolfo Suárez y expresidente del Congreso.

Aun así, finalmente, el voto minoritario fue el que resultó clave para la victoria de la familia de la asesinada en la Audiencia Nacional, donde los magistrados recogieron en su sentencia un largo extracto del escrito y remacharon con un simple: “Poco más que añadir”. Según detallan fuentes del órgano, en el Consejo no se recuerda ningún voto particular sobre violencia machista que haya adquirido tanto valor en una reclamación de este tipo.

“La mandaron a dormir con su enemigo, ha fallado el sistema”, subraya Max Adam, abogado y portavoz de la familia, que considera “fundamental” el pronunciamiento del Consejo de Estado para el caso. El dictamen que determinó la sentencia vio “al menos” tres elementos “incorrectamente ponderados o directamente menospreciados”. La presencia de lesiones que además estaban reflejadas en el parte del servicio de Urgencias —”erosiones en cuello y región superior cara anterior del tórax, hematoma infraorbitario izquierdo y tumefacción malar izquierdo”—. En segundo lugar, “la agresión se produjo delante de los hijos y de la madre del agresor” y, en tercero, la víctima declaró que su cónyuge la había “obligado a mantener relaciones sexuales”, lo que puede ser constitutivo de un delito de violación y “eleva per se la potencial gravedad del caso”. La violencia contra las mujeres en pareja o expareja “es una de las más graves, preocupantes y persistentes” formas de violencia, concluye el dictamen.

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_