Un sistema problemático
El derecho de patentes -—incluyendo los modelos de utilidad o patentes cortas— es uno de los derechos englobados en lo que se conoce como Intellectual Property (IP) en inglés, Geistiges Eigentum en alemán, y Propriété Intellectuelle en francés. Lamentablemente en español no tenemos un término equivalente, dado que propiedad intelectual se usa con un significado diferente, limitado a derechos de autor (copyright) y relacionados. Las patentes, como monopolios temporales concedidos a los inventores a cambio de publicar sus invenciones, son un incentivo para la I+D. También se han considerado un derecho fundamental de los ciudadanos. Es el caso de la Ley de Monopolios de Inglaterra de 1624, las leyes de la Revolución Francesa, la Constitución de los EE UU, la Constitución Española de 1812 y la non nata Constitución Europea.
Como los otros derechos de IP, el derecho de patentes está en constante evolución. La creación de la Organización Mundial del Comercio en 1995 ha significado una gran homogeneización legal para sus más de 150 países miembros. Se ha simplificado mucho la obtención simultánea de patentes en varios países, como en la European Patent Office (EPO) de Munich —que trabaja indistintamente en inglés, alemán y francés— pueden obtenerse patentes para 40 países de Europa Occidental, incluyendo todos los de la UE. Sin embargo todavía no existen títulos de patente con efectos internacionales, siendo necesario obtener —y mantener— títulos distintos en cada uno de los países en los que se desee proteger la tecnología, algo que encarece mucho el sistema. No obstante, hay un proyecto en el que un único título concedido por la EPO tendría efectos en todos los países de la UE (menos en Italia y España que, de momento, se han autoexcluido).
Las cinco oficinas con más solicitudes (la EPO y las oficinas de EE UU, China, Japón y Corea del Sur) realizan exámenes de patentabilidad antes de la concesión, lo cual resulta redundante y contribuye a encarecer el sistema. A pesar de ello, cuando se plantean conflictos de patentes ante los tribunales, en aproximadamente la mitad de los casos las patentes en litigio se declaran nulas.
Uno de los principales problemas del sistema de patentes es que necesita tribunales especializados en derecho de patentes para resolver los conflictos, lo cual hace que el sistema sea ineficaz en muchos países. EE UU representa el mayor mercado que se puede proteger con una patente, por lo que es el primer país de elección para patentar. Paradójicamente, en primera instancia los casos de patentes se deciden con intervención de jurados, generalmente ignorantes en derecho de patentes y muy influenciables. En particular, que el veredicto del jurado del pasado viernes 24 de agosto en el famoso caso de Apple contra Samsung en California, haya sido favorable a Apple, no resulta sorprendente, dado donde es bien sabido que los jurados tienden a considerar que las patentes son válidas y que han sido infringidas, especialmente si el titular es norteamericano y el demandado es extranjero. El tribunal federal de segunda instancia, muy especializado, podría decidir lo contrario. En países con tribunales especializados, como Alemania y Gran Bretaña, hay algunas decisiones a favor de Samsung. Nótese que, aunque en los medios de comunicación se hable sólo de guerra de patentes, en este conflicto resultan igualmente importantes, o más, los diseños industriales y la competencia desleal (imitación de la presentación comercial), que son derechos de IP distintos de las patentes.
El mayor de los problemas del sistema de patentes es la dificultad para aplicarse en el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), donde el número de patentes es desorbitado (Google ha comprado parte de Motorola para así tener 17.000 patentes más), los productos incorporan tecnologías de muchas patentes, y la vida comercial de los productos es más corta que lo que tardan en resolverse los conflictos judiciales. El sistema de patentes es adecuado para proteger tecnologías de productos electromecánicos, químicos, farmacéuticos y biotecnológicos (en 1998, la UE aprobó una directiva sobre patentes en este campo); pero resulta problemático para proteger invenciones relacionadas con software (en 2005, la UE rechazó una propuesta de directiva sobre patentes en este campo, aunque la EPO tiene una práctica no muy distinta a la de EEUU o Japón). Lamentablemente, todo el enorme gasto que se realiza en patentar y pleitear en el sector de las TIC lo acaba pagando el consumidor, cuando, por ejemplo, compra teléfonos inteligentes o tabletas.
Pascual Segura es director del Centro de Patentes de la Universidad de Barcelona.
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