El TS confirma la repetición del juicio de la mujer acusada de matar a su marido en Tafalla en 2009
No ha sido admitido el recurso presentado por la acusada contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que el pasado febrero anuló la sentencia de absolución
El Tribunal Supremo ha confirmado que el juicio contra la mujer acusada de matar a su marido en la localidad navarra de Tafalla el 2 de noviembre de 2009 deberá repetirse con un nuevo jurado popular, para despejar las "contradicciones y dudas evidentes y un resultado absurdo como el producido". Este auto es firme, por lo que en los próximos meses deberá celebrarse de nuevo la vista oral con un nuevo jurado y bajo la dirección de otro magistrado presidente.
De esta forma, la Sala de lo Penal del Supremo no ha admitido el recurso presentado por la defensa de la procesada, María Pilar Marcos, contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que el pasado febrero anuló la sentencia que absolvía a la procesada tras el veredicto exculpatorio emitido por el jurado popular. Sus abogados defienden que la mujer actuó en defensa propia y argumentan que padecía "el síndrome de la mujer maltratada y un gran miedo a su marido".
En su día, la Fiscalía calificó el fallo del jurado popular de "contradictorio, incongruente, además de ilógico, arbitrario y contrario al sentido común", porque confirma que la mujer fue la autora material de la cuchillada mortal, pero al mismo tiempo sale absuelta.
La sentencia absolvió a Marcos, de 64 años, tras matar de una puñalada en el pulmón a su marido, José Antonio Gil Silva, de 77, durante una discusión el 2 de noviembre en su domicilio de Tafalla. Los cinco hijos del matrimonio se mostraron en todo momento de lado de su madre, al argumentar que ésta había sido maltratada durante 40 años.
En concreto, los nueve miembros que componían el jurado popular no dieron por probado ningún hecho delictivo, pero sí concluyeron que desde el principio de su matrimonio la acusada había recibido de su marido múltiples agresiones físicas y vejaciones morales de todo tipo, aunque no se atrevió nunca a denunciarlo a la policía o a solicitar la separación o el divorcio debido a "la educación recibida" y sus "profundas convicciones religiosas". También matizaron que en el momento de la agresión la mujer no temió por su vida porque además en los últimos años las agresiones físicas habían cesado, aunque sí cogió el cuchillo con la intención de defenderse.
Entre las atenuantes, el jurado también consideró probado que la acusada llamó al 112 para comunicar los hechos e inmediatamente taponó la herida de su marido con trapos y toallas "tratando de evitar la muerte de este".
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