La Audiencia Nacional anula la sanción a Intereconomía por homofobia
El tribunal considera que la multa impuesta por el Gobierno vulnera la libertad de expresión y el derecho de crítica del medio. La cadena asegura que se criticó la asistencia a un acto festivo, no la identidad sexual.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado nula la sanción del Ministerio de Industria que condenaba a Intereconomía a pagar 100.000 euros por la emisión de un spot promocional que cuestionaba que el Día del Orgullo Gay fuese subvencionado con fondos públicos. El vídeo, que fue emitido 273 veces entre julio y septiembre de 2009, reproduce imágenes de homosexuales junto al eslogan "Un día del orgullo gay. 364 de orgullo de la gente corriente".
La denuncia formulada por el Consejo Audiovisual de Andalucía fue admitida a trámite por Industria, que consideró "ilícita" la campaña por considerar que va en contra de lo que establece la ley, donde se afirma que "la publicidad televisiva no puede atentar contra el debido respeto a la dignidad de las personas o a sus convicciones religiosas y políticas ni discriminarlas por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad y opinión".
Industria impuso una multa de 100.000 euros a la cadena por una campaña con el eslogan "Un día del orgullo gay. 364 de orgullo de la gente normal".
El vídeo promocional se emitió 273 veces entre los días 22 de julio y 17 de septiembre de 2009.
Intereconomía recurrió asegurando que "el anuncio de autopromoción suponía únicamente una crítica a un preciso acto festivo que no resulta ser representativo de la totalidad de los homosexuales, sino de un grupo de personas que está enfrentado con otros en lo que se refiere a la celebración del Día del Orgullo Gay", según explica en su página web.
Esta nueva sentencia prima "el carácter prioritario que ostenta la libertad constitucional de opinión y más aún cuando es formulada por un medio de comunicación" apoyándose en el artículo 20 de la Constitución. La Audiencia sostiene que "no toda crítica o percepción negativa entraña por sí sola discriminación" y añade que si el Estado de Derecho acepta este precepto, "los contenidos de la libertad de expresión y el derecho a la crítica quedarían reducidos hasta su virtual desaparición".
Intereconomía ha considerado esta resolución como el "triunfo de la libertad de expresión". Juan José Aizcorbe, el director general jurídico de la cadena, ha reconocido que su principal preocupación no eran los 100.000 euros de multa, sino que dentro de las concesiones de las cadenas de televisión, tener una sanción puede implicar la no renovación de la licencia. "No hemos vulnerado ningún derecho y reseñamos que por encima de una decisión política ha sobrevenido una decisión con todo el peso de la ley", ha defendido Aizcorbe. La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales ha expresado en un comunicado que "la Justicia ha actuado desproporcionalmente, con una arbitrariedad clara, cuando antepone el derecho a la libertad de expresión de esta televisión privada pero no el de las personas". La organización ve un clara discriminación por orientación sexual e incitación a través de las imágenes y mantienen que Intereconomía desprestigia a su colectivo.
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