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El Superior vasco rechaza el recorte de salario a los docentes de la concertada

Los colegios deberán pagar con sus ingresos la diferencia de la subvención

El recorte salarial de los docentes de los colegios concertados vascos como consecuencia de las medidas de ahorro fijadas por el Gobierno vasco no es legal. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictó el pasado 15 de febrero una sentencia a favor de los sindicatos STEE-EILAS, ELA, UGT, CC OO y LAB ?las últimas dos de forma parcial? y en contra de dos de las patronales concertadas, Kristau Eskola y AICE, al estimar que "no resulta ajustada a derecho" la reducción de los salarios. Una segunda sentencia de otro tribunal también resuelve en contra del Consorcio Haurreskolak y le obliga a "reintegrar las cantidades indebidamente detraídas", que solo en 2010 supusieron 427.155 euros.

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Y es que el Departamento de Educación redujo, después de la modificación de la Ley de Presupuestos para 2010, la aportación que realiza para gastos de personal a los centros concertados, de manera que estos profesores vieron sus sueldos reducidos en igual porcentaje que los profesores de la enseñanza pública ?aunque cobran de media el 95% de un sueldo de funcionario?. El recorte se hizo efectivo en septiembre.

Las patronales de los centros concertados denunciaron que se encontraban en un "callejón sin salida" porque, mientras Educación les reducía las aportaciones, incumplían el convenio colectivo de la enseñanza concertada, pero no podían cobrar cuotas a los padres porque es ilegal efectuar cobros por cuotas de enseñanza en la etapa obligatoria ?entre 6 y 16 años?.

Aunque quedan pendientes las sentencias de juicios contra patronales como Partaide, la sentencia hecha pública ayer por ELA argumenta que el convenio colectivo de la enseñanza concertada no vincula los salarios de los profesores con los módulos económicos de fondos públicos. La normativa recoge que los colegios deben asumir la diferencia de salarios si lo establecido en el convenio colectivo rebasa el dinero aportado por el Ejecutivo por medio del pago delegado. Por lo tanto, el recorte "no libera a los centros educativos concertados de la obligación de satisfacer a sus trabajadores el importe de los salarios fijados en el convenio". El tribunal critica que la rebaja salarial aplicada por los colegios privados lesiona el derecho de libertad sindical y reprocha a las patronales concertadas que hayan incumplido de forma "unilateral" el convenio colectivo "sin denuncia ni proceso negociador previo".

¿Cuál es la solución teniendo en cuenta que es ilegal cobrar cuotas a las familias en la enseñanza obligatoria? Según el tribunal, que exista esta restricción "no significa que la única fuente de financiación de las empresas educativas sean las cantidades fijadas en los módulos de concierto". "Pueden allegar otros ingresos por el desarrollo de actividades complementarias o de servicios ... amen de la posibilidad de impartir enseñanzas en niveles no concertados". Es decir, abre la vía a cobrar más en todo el primer ciclo de Primaria, en los centros en los que el Bachillerato y la Formación Profesional no están concertados y en los extraescolares.

Aunque las patronales interpusieron un recurso contra el Departamento de Educación, y CC OO y LAB denunciaron también a la consejería, la sentencia absuelve al Gobierno. En este punto el fallo recoge un voto particular, el del magistrado Pablo Sesma de Luis, que argumenta que los concertados se limitan a distribuir el dinero que Educación les da y que los conciertos del departamento no son meras ayudas. Según su criterio, Educación "ha asumido la obligación legal de ser el pagador" y debe asumir su responsabilidad en el incumplimiento del convenio.

A pesar de esto último, el tribunal entiende como "no cuestionable la licitud de la actuación del Departamento de Educación" y añade que entiende la modificación legal como "no inconstitucional". Una segunda sentencia da la razón a los sindicatos y establece que el Consorcio Haurreskolak (para niños de 0 a 2 años) deberá devolver el dinero recortado.

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