El jurado declara no culpable al acusado del asesinato de la viuda del expresidente de la CAM
El veredicto se ha adoptado por seis votos contra tres
El jurado del caso Sala ha declarado no culpable al único acusado del crimen de los Sala, Miguel López, yerno de María del Carmen Martínez, que fue asesinada de dos disparos el 9 de diciembre de 2016. La resolución se ha tomado por seis votos a tres y ha absuelto a López de los dos delitos a los que se enfrentaba, el de asesinato y el de tenencia ilícita de armas.
Concluye así un juicio de 18 sesiones y más de un centenar de participantes citados, en el que los nueve integrantes del jurado, seis mujeres y tres hombres, han tratado de dilucidar qué es lo que ocurrió aquel día, hace casi tres años, en el lavadero del concesionario Novocar. Esa tarde, María del Carmen Martínez fue a recoger su coche y sola, a oscuras, en el interior de su vehículo, recibió dos tiros en la cabeza que acabaron con su vida. El arma utilizada, una pistola de más de 100 años con las balas modificadas, no ha aparecido. Los únicos rastros que quedaron del crimen fueron dos casquillos. Y en el asiento del acompañante, el bolso intacto de la fallecida.
Guiados por la magistrada presidente del jurado, Francisca Bru, los ciudadanos escogidos para emitir el veredicto recibieron una lista de 12 preguntas que debían responder para llegar al resultado final. Las tres primeras, de las acusaciones, representadas por la Fiscalía y por el abogado de Vicente Jesús Sala, hijo de la víctima. Las cuatro siguientes, de la defensa de López. Según fuentes próximas al caso, estas cuestiones se resumían en tres aspectos relevantes para la decisión final. La hora exacta del tiroteo, el tiempo que la víctima tardó en morir y si López tenía o no licencia para el arma disparada.
Las otras tres preguntas del objeto del veredicto abordaban los aspectos más jurídicos del caso, relevantes a la hora de que la juez emita una sentencia. En primer lugar, tenían que debatir si existió alevosía o no en el crimen, para dictaminar si se trataba de asesinato u homicidio. En segundo lugar, si el grado de parentesco podía constituir una agravante del delito. Y en tercer lugar, a instancias de la defensa, si hubo una dilación extraordinaria o indebida de la investigación. En este último punto, Bru especificó que la instrucción había durado dos años y que la causa, abierta en enero de este año, no se pudo señalar hasta después de verano.
A lo largo de su desarrollo, el juicio más mediático celebrado en Alicante en los últimos años, por la trascendencia de la familia Sala y especialmente del marido de la fallecida, el expresidente de Caja Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, mostró abiertamente la diametral distancia entre las dos partes en litigio. Las acusaciones basaron sus estrategias en pruebas indiciarias que intentaron establecer las malas relaciones surgidas en la familia Sala por el control del holding empresarial legado por el patriarca tras su muerte en 2012. A un lado, la víctima y el único hijo varón. Al otro, las tres hijas de la fallecida y el marido de la pequeña, López, como principal sospechoso del asesinato. Así mismo, Fiscalía y acusación particular incidieron en que el acusado había trazado un plan para preparar el escenario y dejar a su suegra sola y en un punto sin cámaras del concesionario que el propio López dirigía, para cometer el crimen y disponer de una coartada válida.
Desde la defensa, en cambio, rebatió cada uno de los indicios argumentados por las partes contrarias y atacó duramente la instrucción judicial basada en la investigación policial. En su opinión, no había una sola prueba que llevara a pensar que López había apretado el gatillo. Según el letrado del acusado, los indicios presentados constituían, en todo caso, el presupuesto para iniciar una investigación, no para una condena de 24 años de prisión.
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