Confirmada la pérdida de destino de un comandante que permitió comentarios machistas sobre una teniente
El tribunal considera que el militar cometió una falta grave durante el ensayo de un desfile
El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de pérdida de destino impuesta a un comandante del Ejército del Aire por tolerar comentarios machistas sobre una teniente durante un ensayo de un desfile en el Aeródromo Militar de Santiago de Compostela en 2015. La Sala de lo Militar ha rechazado el recurso presentado por el comandante contra la sentencia del Tribunal Militar Central, que confirmó la sanción que le impuso el General del Aire por una falta grave consistente en tolerar actos que atenten contra la dignidad personal o en el trabajo.
Los hechos ocurrieron en junio de 2015. Según la sentencia, durante un ensayo el comandante se rio y no corrigió a un teniente que, delante de él, realizó un comentario que aludía a la condición de mujer de una teniente y a su forma de desfilar. Según los hechos probados que recoge la resolución, el teniente dijo que “no se preocupase, que no se iban a fijar en sus fallos en el desfile por ser mujer, que si desfilara él sí se fijarían, pero que en el caso de ella se fijarían en otras cosas”. Los dos militares se rieron de las palabras del primero.
Posteriormente, cuando la mujer fue destinada a dicho Aeródromo, el comandante tampoco reprochó al teniente los comentarios públicos alusivos a que el progreso profesional de ella dentro de la Unidad se debía a su condición femenina. “Con su falda, sus tacones y su sonrisa consigue todo lo que quiera”, aseguró el militar.
La Sala de lo Militar, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Clara Martínez de Careaga, concluye que la conducta del comandante constituye una falta grave. La resolución constata que el comandante “como superior jerárquico que no llamó en absoluto la atención al militar que estaba ofendiendo a la Teniente, sino que rio sus gracias”.
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