La Audiencia Nacional ratifica que hubo odio, pero no terrorismo en el ‘caso Alsasua’
La Sala de Apelaciones rechaza el recurso de la Fiscalía por la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en 2016
La tesis de la Audiencia Nacional sobre el caso Alsasua se mantiene. La Sala de Apelación del órgano judicial ha avalado este jueves la sentencia dictada en primera instancia, que concluyó que la agresión a dos guardias civiles y a sus novias en un bar de la localidad navarra no tuvo ninguna vinculación con el terrorismo de ETA, pero sí estaba movida por el odio. "Se trata de unos hechos en los que la motivación preponderante de los acusados emana de la pertenecía de las víctimas al cuerpo de la Guardia Civil", subraya la Sala en su resolución.
Los tres magistrados que firman esta sentencia —José Ramón Navarro, Eloy Velasco y Enrique López— exponen que las dos parejas recibieron una paliza por "el mero hecho" de que dos de ellos son guardias civiles. E inciden, además, que esta se produjo cuando los agentes se encontraban fuera de servicio: "En un momento de ocio y vistiendo de paisano". Pero, a su vez, rechazan que las agresiones puedan tipificarse como terrorismo.
"[No puede concluirse que los acusados cometieran los hechos] siguiendo el ideario que la banda terrorista ETA tenía entre sus objetivos", prosigue el fallo de la Sala de Apelación, adelantado por la Cadena SER, que remacha: "Los acusados eran menores de edad cuando. al inicio de esta década. la banda terrorista manifestó que abandonaba la lucha armada y dejó de estar operativo el denominado frente armado. Por lo que difícilmente hubieran asumido y mantenido en el tiempo este ideario con dicha edad".
En este sentido, los magistrados descartan los recursos de la Fiscalía —que pedía que la paliza se considerase como terrorismo— y las acusaciones. Pero también los de las defensas de siete de los ochos condenados: Jokin Unamuno, Ohian Arnanz, Jon Ander Cob, Julen Goicoechea, Aratz Urrizola, Adur Ramírez y Ainara Urquijo; a los que se sentenció en primera instancia a penas de 2 a 13 años de prisión. La Sala de Apelación solo acepta las alegaciones del abogado de Iñaki Abad y le rebaja la pena de 10 a 6 años de cárcel al quitarle dos delitos de lesiones.
Los jueces asumen también en su integridad los hechos probados en la primera instancia. Sobre las dos y media de la madrugada del 15 de octubre de 2016, un sargento y un teniente de la Guardia Civil entraron con sus respectivas parejas en el bar Koxka de Alsasua. "Nada más entrar en el mismo, advirtieron la presencia de un grupo de personas que les miraron de una forma hostil", reconoce probada la Audiencia Nacional, que explica cómo, tras un primer encontronazo con uno de los condenados, el clima de hostilidad fue en aumento. Hasta que, sobre las cuatro de la madrugada, un grupo de 25 personas rodeó a las víctimas al grito de "os vamos a matar por ser guardias civiles", "hijos de puta", "picoletos", "cabrones", "txakurras" ["perros"] y "esto os pasa por venir aquí". Y comenzó la paliza.
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