El Supremo deja en la cárcel a Junqueras porque no renuncia a la vía unilateral
El alto tribunal rechaza el recurso del ‘exvicepresident’ por el riesgo de que reincida en los delitos de rebelión, sedición y malversación
Oriol Junqueras seguirá en prisión preventiva. El Tribunal Supremo ha rechazado este viernes el recurso del exvicepresident contra la decisión del juez Pablo Llarena de mantenerle encarcelado. Por unanimidad, los tres magistrados que integran la Sala de Apelaciones consideran que no existe “ningún dato” que lleve a creer que Junqueras tiene intención de renunciar a la vía unilateral seguida hasta ahora para conseguir la independencia, por lo que existe riesgo de que reincida en los delitos de rebelión, sedición y malversación que se le atribuyen.
Los magistrados de la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo (Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro) han avalado este viernes la decisión adoptada el 4 de diciembre por su compañero Pablo Llarena de mantener a Oriol Junqueras en prisión preventiva. En un auto de 27 páginas, los jueces no dan ningún margen de confianza al exvicepresidente catalán, que en la vista celebrada el pasado jueves les rogó que le dejaran en libertad apelando a sus valores religiosos y cívicos y a su compromiso con el diálogo y con la negociación política.
Pero Junqueras, como ya advirtió la Fiscalía tras la vista, no manifestó una renuncia expresa a conseguir la independencia de Cataluña por la vía unilateral ni un acatamiento inequívoco de la Constitución. Y ahí basan los magistrados buena parte de su argumento para mantener al exvicepresident en prisión. Según el auto dictado este viernes, “no existe ningún dato relevante” que indique que Junqueras “ha abandonado su pretensión de alcanzar la independencia de Cataluña mediante una declaración unilateral acompañada de movilizaciones populares que obliguen al Estado a aceptarla”. Mientras esa renuncia no se produzca, según los magistrados, existe riesgo de que se repitan los “episodios de violencia o tumulto” de los que el Supremo responsabiliza a Junqueras y al resto de investigados por el procés.
El auto dictado por la Sala de Apelaciones supone un espaldarazo para la instrucción que dirige Pablo Llarena, que mantiene imputados a 28 líderes independentistas. El escrito, del que ha sido ponente el magistrado Colmenero, considera que hay indicios de que se cometieron los tres delitos que Llarena les imputa (rebelión, sedición y malversación). Para explicar el más grave de ellos, la rebelión, que exige un alzamiento violento, la Sala de Apelaciones insiste en la tesis de que Junqueras y el resto de investigados formaban parte de un “plan de reparto de papeles” concebido para declarar a toda costa la independencia de Cataluña.
Diálogo y enfrentamiento
La sala escuchó el jueves a Junqueras y su abogado apostar por el diálogo y la “bilateralidad”, pero sostiene que esta apuesta “solamente se ha pretendido o planteado” para hablar de cómo el Estado podía aceptar la independencia de Cataluña, lo que conduciría de nuevo, según el auto, a apostar por la vía unilateral en el caso de que, como es previsible, la secesión fuera rechazada o impedida por el Gobierno central. “El ofrecimiento de esa clase de diálogo o la invocación de la bilateralidad en esas condiciones no puede valorarse como un indicio de abandono del enfrentamiento con el Estado (...) con la finalidad de obligar a aquel a reconocer la independencia de Cataluña”, afirma el Supremo.
Los jueces admiten que no consta que Junqueras ni otros miembros del Govern hayan participado ejecutando personalmente actos violentos, ni que dieran órdenes directas para que estos se produjeran, pero considera que al llamar a la movilización ciudadana contra los registros en sedes de la Generalitat (los días 20 y 21 de septiembre) o contra la orden de cerrar los colegios el día del referéndum ilegal (1 de octubre), estaban asumiendo que se produjera “un enfrentamiento físico entre sus partidarios y el Estado de derecho, representado por los agentes policiales que defendían el cumplimiento de la ley”.
“Si el recurrente y los demás partícipes, desde sus posiciones en cargos de responsabilidad política en la Generalitat de Cataluña, incitaban a sus partidarios a movilizarse en la calle con la finalidad de reforzar sus actuaciones y forzar al Estado a aceptar la independencia, es claro que era previsible que, con una altísima probabilidad, se produjeran actos violentos en defensa de la declaración unilateral de independencia”, sostienen.
La sala acusa también a los líderes independentistas de “pretender confundir al ciudadano” con afirmaciones como que, el 1 de octubre, “quienes incumplían la ley eran los agentes y no quienes acudían a votar ilegalmente y quienes les habían conducido a ello”. Con todo, aunque la sala ve indicios de rebelión, abre la puerta a que finalmente el delito que se les atribuya sea “conspiración para la rebelión”, un tipo penal menos grave al que aludió el Supremo al inicio de la causa, pero que Llarena ha aparcado en sus autos.
“No son presos políticos”
Los magistrados del Supremo han querido acallar en su auto las afirmaciones que llegan desde el independentismo de que Junqueras y los otros investigados encarcelados son “presos políticos”. “El recurrente no se encuentra encausado y privado provisionalmente de libertad por defender una idea política, sino por haber utilizado medios violentos o tumultuarios, previstos en el Código Penal”, advierte el tribunal, que asegura que “no puede hablarse de presos políticos”.
Los jueces del Supremo también sostienen que el hecho de ser diputado electo no implica que Junqueras tenga que salir de la cárcel y le recuerdan que ya estaba en prisión cuando se presentó. Pero la sala sí abre la puerta a que se le concedan permisos “puntuales”.
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