La Junta electoral advierte de que no cabe acreditar observadores internacionales para el 21-D
Contesta a peticiones de organizaciones basadas en Ecuador y Reino Unido
La Junta electoral central (JEC) ha advertido de que no cabe acreditar a observadores internacionales para fiscalizar las elecciones autonómicas que se celebrarán el 21 de diciembre en Cataluña, según una resolución a la que ha accedido EL PAÍS. Tanto el ministerio del Interior como la Junta electoral provincial de Barcelona habían recibido solicitudes de acreditación por parte de representantes de organismos radicados en Ecuador o Reino Unido. Esas peticiones coinciden con las de un sector del independentismo, que lleva semanas alentando las dudas sobre la limpieza del proceso electoral. No obstante, esa figura no cabe en el ordenamiento jurídico español, según recordó la JEC.
"No resulta procedente atender a su solicitud, dado que nuestra legislación electoral no prevé la existencia de observadores internacionales", razona el organismo que debe velar por la limpieza de las elecciones en España. "De tal manera que únicamente se ha autorizado esa observación en supuestos especiales en que lo ha solicitado un organismo electoral público de un Estado o una organización internacional reconocida por España y a la que estatutariamente le correspondan funciones de observación de procesos electorales".
La JEC se refiere en su resolución a un Informe de la subdirección general de política interior que recuerda que "la normativa electoral española no regula la figura del observador electoral extranjero" así como que "no se organizan visitas de observación electoral ni por parte del Ministerio del Interior, ni de la Junta electoral central, ni del ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, excepto en el caso de las misiones de la OSCE [Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa]".
De hecho el ministerio de Exteriores, invitó a integrantes de esta organización a analizar las elecciones generales del 20 de diciembre de 2015. El documento de Copenhague de 1990, del que España es firmante, también permite que miembros de la OSCE acudan a observar elecciones si así lo solicita la sede nacional del ente.
No obstante, fuentes gubernamentales consultadas por EL PAÍS aseguran que el Ejecutivo no invitará a ningún especialista en esta ocasión y avanzan que la OSCE tampoco ha solicitado monitorizar la campaña electoral del 21-D o el día de la votación.
Retirada de todos los símbolos partidistas en edificios públicos
Tras una petición de información de la Junta electoral provincial, la Junta electoral central (JEC) ha aclarado que su decisión de retirar la pancarta en favor de la liberación de los presos del Ayuntamiento de Barcelona es extensible a cualquier otro edificio público en el que haya símbolos parecidos. La decisión que tomó la JEC sobre el consistorio de Ada Colau, que adelantó EL PAÍS, provocó una catarata de recursos por parte de Ciudadanos y el PP, que denunciaron situaciones similares en otras ciudades y edificios oficiales.
"Durante los períodos electorales los poderes públicos están obligados a mantener estrictamente la neutralidad política y por tanto, deben abstenerse de colocar en edificios públicos y otros lugares de titularidad pública, así como en los locales electorales, símbolos que puedan considerarse partidistas, y deben retirar los que se hubieren colocado antes de la convocatoria electoral", establece la resolución. "Este criterio resulta aplicable a cualquier símbolo partidista, sean banderas, lazos, pancartas o cualquier otro que permita su identificación con alguna de las candidaturas concurrentes a las elecciones".
"A raíz de nuestras quejas a todas las juntas provinciales, la junta central unifica criterio y acuerda remitirla a todas las juntas de zona de Cataluña", resumió una fuente de la dirección de Ciudadanos.
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