Atrapado un matrimonio por conveniencia por discrepar sobre el color de las sábanas
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia niega que existiera una verdadera relación conyugal
La falta de acuerdo en el color de las sábanas y en el lugar que ocupaban en la cama terminó por delatarles. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha considerado que una pareja se ha casado con el único objetivo de que el hombre, que es inmigrante, obtuviera la residencia. Por ello, ha desestimado el recurso que ha interpuesto contra la resolución por la que se le denegaba la expedición de la tarjeta de Residencia Temporal de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea.
Según la sentencia, durante el interrogatorio efectuado por la policía para descartar que el matrimonio, residente en Cehegín (Murcia) fuera de conveniencia, es decir, que hubiese sido formalizado en fraude de ley, se les preguntó por el color de las sábanas. Mientras que él afirmó que “eran de muchos colores (y la bajera azul)” y que no tenían edredón, ella declaró que “eran de color verde con círculos blancos y el edredón de color beige", según la Policía.
Lo mismo ocurrió con el lugar que cada uno ocupa en la cama. El hombre manifestó que él dormía en el lado derecho y que su mujer lo hacía en el lado izquierdo. Ella declaró justo lo contrario. La pareja de Cehegín también dio respuestas distintas cuando se le preguntó sobre su relación previa al matrimonio; uno declaró que estuvieron de novios dos años, la otra manifestó que no recuerda el tiempo que fueron novios.
Respecto a la compra, él afirmó que no tenía un supermercado fijo, que a veces iban hasta Alcantarilla a hacer la compra, y ella declaró que solían hacerlo en Mercadona y que no siempre la acompañaba su marido.
Tampoco se pusieron de acuerdo sobre la hora a la que se levantaban. Él declaró que él se levanta a las 6.00 horas y que ella, cuando no tiene que ir a trabajar, se levantaba sobre las 11.00 o las 12.00. Ella, por el contrario, afirmó que él se levanta a las 7.00 y que ella, cuando no tiene que ir al trabajo, se levanta sobre las 9.00.
Por estas y otras razones, el tribunal desestimó el recurso de apelación del cónyuge, con lo cual respaldó la decisión adoptada por la Delegación del Gobierno en Murcia de denegarle la Tarjeta de Residencia Temporal de Familiar de un Ciudadano de la Unión Europea (UE) ya que consideró que no existía “una auténtica relación conyugal”.
Los matrimonios por conveniencia
En España, los matrimonios por conveniencia no son considerados delitos, sino ilícitos cívicos, al menos que estén mediados por un ánimo de lucro. Por ello, solo acarrean sanciones administrativas. Pueden ser sancionados por la vía administrativa con una multa de hasta 10.000 euros pero no con pena de cárcel.
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