_
_
_
_

El Supremo considera que la Fiscalía podía investigar a la juez Rosell, pero que se excedió

El alto tribunal anula la investigación realizada sobre la exdiputada de Podemos

Reyes Rincón
Carlos Lesmes, presidente del Consejo General del Poder Judicial y Victoria Rosell.
Carlos Lesmes, presidente del Consejo General del Poder Judicial y Victoria Rosell.CLAUDIO ÁLVAREZ

El Tribunal Supremo ha anulado la investigación preliminar que realizó la Fiscalía de Las Palmas a la juez y exdiputada de Podemos Victoria Rosell en noviembre y diciembre de 2015 porque invadió aspectos esenciales del procedimiento disciplinario a jueces y magistrados que está reservado al Consejo General del Poder Judicial. El alto tribunal cree, además, que esa investigación vulneró el derecho de defensa de la magistrada. La Sala de lo Contencioso-Administrativo cree que la fiscalía tiene competencias para llevar a cabo una investigación disciplinaria sobre un juez, pero siempre que esta sea “muy preliminar y temporalmente se limite a lo estrictamente necesario para determinar si procede o no instar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la incoación de un expediente disciplinario”. Sin embargo, en el caso de Rosell, la fiscalía no se quedó en esa investigación preliminar sino que “se excedió e invadió las competencias en materia disciplinaria del CGPJ”.

El Supremo anula por tanto la investigación realizada por la fiscal Evangelina Ríos, pero también la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que consideró que la fiscalía no tiene competencias para incoar unas diligencias preprocesales en materia disciplinaria a los jueces.

Más información
El Poder Judicial investiga a la juez Rosell por actuar en una causa mientras estaba recusada
El Poder Judicial cierra el expediente disciplinario contra Victoria Rosell
La juez Victoria Rosell renuncia a repetir en las listas de Podemos

La apertura de la investigación se produjo poco después de que Rosell anunciara su decisión de dar el salto a la política. Las diligencias las abrió la Fiscalía de Las Palmas el mismo día que en la Fiscalía se recibió una denuncia anónima sobre la existencia de un contrato firmado entre una entidad vinculada a la Unión Deportiva Las Palmas y otra empresa, en cuyo nombre actuaba el periodista Carlos Sosa, pareja sentimental de la magistrada. El objetivo de la investigación de la fiscalía era valorar la posible comisión de una infracción disciplinaria por parte de la magistrada al no haberse abstenido en la causa penal abierta en su juzgado contra el presidente de ese club de fútbol, Miguel Ángel Ramírez.

La decisión de la fiscalía de investigar a la juez Rosell por causas disciplinarias suscitó mucha críticas entre jueces y fiscales y recibió el reproche de algunas asociaciones profesionales de ambas carreras. El Supremo da ahora la razón a quienes la cuestionaron. La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, recuerda al Ministerio Fiscal le corresponde “el ejercicio de acciones procesales de diversa naturaleza, entre las que se encuentra la de instar la iniciación del procedimiento disciplinario respecto a Jueces y Magistrados”. La Fiscalía “insta de los órganos competentes el ejercicio de la potestad disciplinaria, pero en absoluto pueda afirmarse que la ejerza. Las actuaciones que realice el Ministerio Fiscal para verificar si es procedente el ejercicio de la acción, sólo pueden tener como efecto jurídico externo el eventual ejercicio de la acción legal correspondiente, instando la iniciación del procedimiento disciplinario”.

Las diligencias preprocesales del Ministerio Fiscal, según el alto tribunal, deben respetar los principios de contradicción, proporcionalidad y defensa y en ningún caso su contenido debe ser de tal naturaleza que pueda condicionar “el eficaz ejercicio del derecho de defensa” en el posterior procedimiento disciplinario. Debe tratarse “de una investigación marcadamente preliminar, que debe concordar en forma proporcionada con las competencias exclusivas en materia disciplinaria”, destaca la sentencia.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

El Tribunal Supremo también discrepa de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en que no hubo vulneración del derecho al sufragio de Victoria Rosell, que en aquella fecha era candidata de Podemos al Congreso de los Diputados, derivada de la actuación de la Fiscalía al emitir una nota informativa sobre las diligencias. La sentencia destaca que dicha vulneración no existe, entre otras razones, porque la magistrada obtuvo su escaño.

La sentencia incluye un voto particular discrepante del magistrado Pablo Lucas, al que se adhieren los magistrados José Luis Requero y Pilar Teso, en el que sostiene que la sentencia transforma el artículo 5.3, referido a diligencias preprocesales -claramente penales y, por tanto, no disciplinarias- en fuente habilitadora de facultades de investigación del Ministerio Fiscal en materia disciplinaria sobre los jueces. En su voto, afirma que la Constitución no encomienda ningún cometido instructor al fiscal en materia de régimen disciplinario a jueces y magistrados, y, de acuerdo con ella, si el Ministerio Fiscal tiene conocimiento de hechos de posible trascendencia disciplinaria imputables a un juez o magistrado, como ocurrió en este caso, la única actuación que le cabe es ponerlos en conocimiento del CGPJ.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_