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El Supremo insiste en que la libertad de expresión no ampara el odio en la red

El alto tribunal avala la condena a un joven que enalteció a ETA y humilló a las víctimas en Twitter

Fernando J. Pérez
Imagen de archivo de la fachada del Supremo.
Imagen de archivo de la fachada del Supremo.EL PAÍS

El Tribunal Supremo insiste en que el derecho fundamental a la libertad de expresión no ampara a las manifestaciones de odio en ningún ámbito, tampoco en las redes sociales de Internet. El alto tribunal ha confirmado la condena a un año y medio de prisión y a 10 de inhabilitación que impuso el pasado marzo la Audiencia Nacional a Aitor Cuervo Taboada, un joven anticapitalista que escribió en sus perfiles de Facebook y Twitter mensajes de apoyo a ETA y de humillación a las víctimas del terrorismo.

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Entre los 13 mensajes por los que el joven fue condenado se encontraban los siguientes: “Si Aznar regresa de pleno a la política activa, espero que ETA lo haga también”, “Tengo la botella de champán preparada para el día que se retome la lucha armada” o “A mí no me da pena Miguel Ángel Blanco, me da pena la familia desahuciada por el banco”.

La defensa de Aitor Cuervo recurrió la condena de la Audiencia Nacional ante el Supremo por vulneración de los derechos constitucionales a la libertad ideológica y expresión. La Sala de lo Penal del Supremo desestima la apelación y recuerda que “el ejercicio de esos derechos cuenta también con barreras, mínimas y lejanas; pero barreras”. Entre estos límites, el alto tribunal cita “el respeto a otros” y la “prohibición de alabanza de actividades terroristas que aliente un clima favorable a su reproducción”.

En su recurso, la defensa alegó que la Audiencia Nacional no sopesó adecuadamente el contexto en el que Cuervo publicó esas frases. “Objetivamente las frases encierran esa carga ofensiva para algunas víctimas y laudatoria y estimuladora del terrorismo que a nadie escapa. Las explicaciones a posteriori no tienen capacidad para desvirtuarlas”, afirma el Supremo.

El tribunal recuerda en la sentencia su propia jurisprudencia, así como la del Constitucional y la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La “sanción penal” de estas conductas de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, afirma la Sala de lo Penal, “supone una legítima injerencia en el ámbito de la libertad de expresión de sus autores”. El tribunal entiende que este tipo de publicaciones son punibles “en la medida en que puedan ser consideradas como una manifestación del discurso del odio por propiciar o alentar, aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades”.

No es la primera vez que Aitor Cuervo se ven en problemas con la justicia por sus expresiones de apoyo a grupos terroristas. El joven fue detenido en noviembre de 2014 en Santo Domingo de la Calzada (La Rioja) por hacer apología del terrorismo durante unas jornadas anticapitalistas celebradas el año anterior en Llodio (Álava). Junto a él fue detenido el histórico miembro de los GRAPO Suso Cela Seoane y el abogado de esta banda terrorista Juan Manuel Olarrieta, que le ha defendido en esta causa.

El lunes próximo se celebrará en la Audiencia Nacional el juicio contra el concejal de Madrid Guillermo Zapata por un tuit de 2011 en el que hacía un chiste sobre Irene Villa, que perdió las piernas siendo niña por un coche bomba de ETA. En este caso, la fiscalía no acusa al edil, que enmarcó su tuit en el debate sobre los límites a la libertad de expresión. A Zapata solo le acusa la asociación Dignidad y Justicia.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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