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La Audiencia Nacional rechaza las recusaciones contra el juez De Prada

La AVT quería apartar al magistrado de dos juicios contra ETA y su entorno tras afirmar que en España se tortura

Fernando J. Pérez

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado las recusaciones planteadas contra el magistrado José Ricardo de Prada, integrado en el sector progresista, para enjuiciar dos causas contra ETA y su entorno. La AVT había solicitado que De Prada fuera apartado en dos juicios por supuesta falta de imparcialidad tras haber manifestado en una conferencia en Tolosa (Gipuzkoa), el pasado abril, que la tortura a algunos miembros de la banda terrorista ha sido "clara".

El magistrado José Ricardo de Prada.
El magistrado José Ricardo de Prada. Álvaro García

El primero de los juicios para el que se pedía apartar a De Prada es sobre los partidos políticos ANV y PCTV, considerados sucesores de la ilegalizada Batasuna. En el acto de Tolosa, el magistrado expresó su parecer contrario a la aplicación de los tipos penales de terrorismo a los entornos políticos de la izquierda abertzale. El pleno de la Sala de lo Penal ha rechazado la recusación tras una votación muy ajustada: nueve votos contra ocho.

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La segunda de las causas tiene que ver con el intento de asesinato del concejal de UPN Miguel Ángel Ruiz de Langarica, en el año 2000, en el que se ha juzgado al etarra Jorge Olaiz. El pleno, en este caso, ha rechazado la recusación por unanimidad al considerarla extemporánea, ya que las manifestaciones de De Prada en Tolosa se produjeron después de que se celebrara la vista oral y después de que este fuera absuelto y puesto en libertad.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se había mostrado favorable a que De Prada fuera apartado en ambas causas. El ministerio público consideraba que la contundencia de esa y otras manifestaciones del magistrado en ese foro "proyectan la imagen de tener predeterminada por razones de política criminal su respuesta" en las dos vistas orales.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional, dirigida por Javier Zaragoza, entendía que "existen razones objetivas" para pensar que De Prada "exteriorizó un prejuicio, refiriendo puntos de vista a título personal, pero relacionados con su experiencia como magistrado" en el acto de Tolosa. "Existen motivos suficientes para que por las acusaciones se entienda vulnerado el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, en especial, el derecho a un juez imparcial en su vertiente de imparcialidad objetiva", afirma la fiscalía.

En el caso del intento de asesinato del edil navarro, la fiscalía basaba su apoyo a la recusación de De Prada en las manifestaciones que este lanzó en el mismo foro de Tolosa sobre la validez como prueba de los llamados "informes periciales de inteligencia", que descalificó de forma absoluta. En esta causa, parte de la prueba se basa en este tipo de informes. "Por ello, su valoración en el juicio oral está claramente condicionada por un déficit de imparcialidad objetiva", consideraba la acusación pública.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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