_
_
_
_

El Constitucional anula la declaración soberanista por unanimidad

El Constitucional anula la declaración independentista del Parlamento catalán

Sede del Tribunal Constitucional.Foto: reuters_live | Vídeo: Mariscal
Reyes Rincón

El Tribunal Constitucional dejó ayer sin efecto la declaración independentista aprobada por el Parlamento de Cataluña el 9 de noviembre y que abría el camino para romper con el resto de España. Por unanimidad y en uno de los fallos más rápidos de su historia, el tribunal declaró inconstitucional y nula el texto aprobado por Junts pel Sí y la CUP, por vulnerar cinco preceptos de la Constitución y dos del Estatuto catalán. “La Cámara autonómica no puede erigirse en fuente de legitimidad jurídica y política, hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad”, advierten los jueces.

Más información
El Constitucional busca un fallo unánime contra el texto soberanista
La Generalitat desobedecerá al TC: “Continuaremos avanzando”
El Constitucional avisa a 21 políticos catalanes del castigo de ignorar la ley
Los 21 cargos catalanes que pueden ser inhabilitados

Solo tres semanas ha tardado el Tribunal Constitucional en anular la declaración con la que el Parlament proclamó el inicio del proceso hacia un Estado independiente y se conjuró para desobedecer las leyes y a las instituciones españolas, empezando por el propio Constitucional. Aunque en las alegaciones presentadas el Parlament había defendido que la resolución independentista no es más que “una aspiración o deseo” sin efectos jurídicos, los magistrados sí le otorgan estos efectos y sostienen que la resolución pretendía ser “el acto fundacional” del proceso de creación de un Estado independiente, lo que colisiona con uno de los preceptos fundamentales de la Constitución: que la soberanía reside en el pueblo español. El Parlament, subraya, no puede apropiársela.

El tribunal, que tiene pendientes sobre la mesa asuntos como la ley del aborto desde hace más de cinco años, ha resuelto en esta ocasión con una celeridad inusitada. Los propios magistrados, antes de analizar el fondo del recurso, defienden en la sentencia que han otorgado a este caso “prioridad en su resolución” porque así lo exige la “trascendencia constitucional” del mismo.

El argumento oficioso era dejar zanjado el asunto antes del inicio, mañana viernes, de la campaña electoral. Pero la decisión del tribunal ha reavivado de hecho el conflicto entre la Generalitat y el Gobierno central, algo acallado en las últimas semanas bajo los efectos del debate político anterior a las elecciones generales del 20 de diciembre.

La sentencia, de 33 páginas, no apercibe a ningún alto cargo ni especifica que se notifique personalmente el fallo a los responsables del Parlament, como sí hizo el Constitucional, a petición del Gobierno, en la providencia por la que declaró la suspensión cautelar de la resolución soberanista hace tres semanas. El texto tampoco incorpora ninguna mención a la reciente reforma de la ley orgánica del Constitucional, que le permite suspender a los cargos públicos que incumplan sus resoluciones. Se entiende que, si el Parlament adopta a partir de ahora alguna decisión que active la resolución independentista anulada, el tribunal puede, de oficio o a petición propia, sancionar a los responsables.

Los 11 magistrados del Constitucional consideran que la declaración independentista viola los artículos de la Constitución que fijan que la soberanía reside en el “pueblo español”, los que establecen la “unidad” de la nación y el sometimiento de los poderes públicos a la Constitución y los que regulan los procedimientos legales para emprender una reforma constitucional.

El Parlament, según el Constitucional, no tiene la “legitimidad” que se atribuye para desvincularse unilateralmente de España y constituir un Estado. “La Cámara autonómica no puede erigirse en fuente de legitimidad jurídica y política, hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad”, señalan los jueces, que creen que la resolución independentista “contrapone el supuesto alcance del mandato democrático recibido por el Parlamento de Cataluña” en las elecciones del 27 de septiembre o el carácter “legítimo y democrático” de dicha Cámara “a la legalidad y legitimidad de las instituciones del Estado”.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_