Condenado un oficial por abuso sexual de una marinera
Dos años y siete meses de prisión para el teniente de navío que mandaba del destacamento de Alborán
El Tribunal Militar Territorial Segundo ha condenado a dos años, siete meses y 15 días de prisión al teniente de navío (empleo equivalente al de capitán) Antonio del Real Pasquín por un delito de abuso de autoridad, en la modalidad de trato degradante, contra la marinera O. C. C. S., a la que deberá indemnizar por los 190 días que requirió la curación de sus lesiones y las secuelas psicológicas que sufre. En cambio, considera que no se ha probado que estuviera embarazada y que la agresión de su superior le provocara un aborto.
Tras describir los hechos acaecidos en la Nochevieja de 2012 en la isla de Alborán, donde ambos estaban destinados y de cuyo destacamento era el máximo responsable el teniente de navío, la sentencia estima que “el hecho de agarrar a la víctima para inmovilizarla, colocarse a horcajadas encima de ella, besuquearla, introducirle la mano por debajo de la ropa para llegar a tocarle el vientre, cerca de sus genitales y el pecho, todo ello con expresa negativa de la víctima como ha quedado demostrado, pues el agresor utilizó la violencia para conseguir su satisfacción sexual”, constituyen evidencia más que suficiente de un ataque contra la libertad sexual.
El tribunal otorga plena credibilidad a la declaración de la víctima y agrega que los testigos “reconocen haber visto humillada, violentada, nerviosa y en estado de shock a la marinera, que vio perturbada su estabilidad psíquica, según consta en el informe pericial psiquiátrico”.
El tribunal dice que la víctima sufrió una "humillación multiplicada" por los "perversos efectos de la infamia"
En su opinión, la conducta del oficial resulta especialmente lesiva “en el ámbito militar, donde cualquier hecho de esta naturaleza es conocido por innumerables personas, sufriéndose así una especie de humillación multiplicada, más que en otros ámbitos sociales donde el anonimato social diluye los perversos efectos de la infamia”.
La situación se agrava porque, “además de haber sufrido vejaciones por parte de su jefe directo", la marinera, destinada en la cocina, "debía encontrarse con él todos los días, prepararle la comida y servírsela”, en un entorno como la isla de Alborán de la que no podía salir por sus propios medios.
Pese a la contundencia de la sentencia, el tribunal no impone la pena máxima al teniente de navío —con menos de tres años de cárcel no será expulsado de la Armada—, ya que le aplica la eximente incompleta de trastorno mental transitorio, porque tenía diagnosticado un “trastorno mixto de personalidad”, con episodios de agresividad, lo que no impidió sin embargo que se le diese el mando del destacamento.
Tanto el abogado de la acusación, Mariano Casado, como el de la defensa, Antonio Suárez-Valdés, recurrirán la sentencia por discrepar, aunque en sentido opuesto, de la apliacación de la eximente. Se da la circunstancia de que el teniente de navío, que no ingresó en prisión preventiva por el abuso sexual, salió el martes en libertad tras pasar más de tres meses en la carácter provisional por otro caso bien diferente: los insultos y amenazas presuntamente dirigidos a altos cargos de la Armada a través de las redes sociales.
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