Carlos Fabra obtiene permiso para salir de la cárcel de Aranjuez
El expresidente de la Diputación de Castellón entró en prisión por delitos fiscales
El expresidente de la Diputación de Castellón y del PP provincial, Carlos Fabra, ha obtenido este viernes un permiso penitenciario. Se trata de su primera salida de la cárcel de Aranjuez (Madrid), donde entró hace casi un año, el 30 de noviembre de 2014, por delitos contra la Hacienda Pública. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 3 de Madrid ha concedido dicho permiso.
Once años después de que estallara el caso Fabra, el expresidente de la Diputación ingresó en prisión, en cumplimiento de la sentencia que le condenó, en noviembre de 2013, a una pena de cuatro años de cárcel por otros tantos delitos fiscales. Fabra fue declarado culpable de haber defraudado cerca de 700.000 euros a Hacienda, en los ejercicios fiscales de 1999 a 2003.
Fabra entró en la cárcel por no haber declarado 3,3 millones de euros cuyo origen no pudo justificar ni en sus cuentas ni en las de su entonces esposa, María Amparo Fernández, que también fue condenada por un delito fiscal que no la llevará a prisión. La condena le obligó, además, a abonar casi 1,4 millones de multa e indemnización que aún no ha pagado.
Durante el juicio, un perito de Hacienda calificó la forma de operar del matrimonio Fabra-Fernández como "la primera que se incluye en los manuales de estudio de afloración de dinero negro". El caso Fabra comenzó con la denuncia del empresario Vicente Vilar, que le acusó de cobrarle cantidades millonarias a cambio de favores políticos. Los tribunales consideraron no probados los delitos de tráfico de influencias y cohecho, de los que también estaba acusado.
Fabra saldrá de permiso después de que el pasado 30 de agosto cumpliese una cuarta parte de la pena (9 meses), que la Audiencia Provincial de Castellón estableció, tras realizar una liquidación de condena, en tres años de acuerdo con el artículo 76 del Código Penal.
Según este artículo, Fabra, sentenciado a un año de cárcel por cada uno de los cuatro delitos probados, solo está obligado a cumplir el triple de la pena máxima impuesta, que es un año; es decir, tres años en lugar de los cuatro a los que fue condenado.
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