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El fiscal pide la repetición del juicio por el asedio al Parlamento catalán

Los abogados de la Cámara y la Generalitat solicitan anular las absoluciones sin otra vista

Protestas ante el Parlament catalán en junio de 2011.
Protestas ante el Parlament catalán en junio de 2011. Gianluca Battista

El ministerio público ha pedido este miércoles al Tribunal Supremo que ordene repetir el juicio que acabó en la absolución de 19 de los 20 acusados de un delito contra las instituciones del Estado por el asedio al Parlamento catalán en 2011, una conducta que el acusador público ha calificado de muy grave.

Mientras que las defensas han solicitado que se confirmen las absoluciones dictadas por la Audiencia Nacional, los abogados del Parlament y de la Generalitat de Cataluña han pedido que, sin necesidad de repetir el juicio, se anule la sentencia y se cambie el veredicto.

El Supremo ha celebrado esta mañana la vista pública sobre los recursos que la fiscalía, la Generalitat y el Parlament de Cataluña presentaron contra las citadas absoluciones.

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El fiscal Salvador Viada ha sostenido que los magistrados volcaron en la sentencia "su ideología" y convirtieron el derecho de manifestación en algo absoluto. Cerca de un millar de personas ocuparon los accesos al Parlament catalán el 15 de junio de 2011 para intentar evitar que se celebrase la votación de los Presupuestos autonómicos, que incluían duros recortes sociales. La manifestación, en medio de una gran tensión, obligó al presidente de la Generalitat, Artur Mas, a acceder al recinto de la Cámara en helicóptero.

Según la fiscalía, aquello no fue una manifestación, sino una agresión al pueblo catalán y a sus representantes planeada para que evitar la entrada en el Parlamento de los diputados, un hecho que ha calificado de muy grave. La sentencia, ha insistido, adolece de una "politización extrema". En el juicio celebrado el año pasado en la Audiencia Nacional pidió cinco años de cárcel para los procesados.

En su fallo, el tribunal exculpó a todos los procesados por delitos contra las instituciones del Estado, atentado y asociación ilícita. Solo atribuyó una falta a un manifestante que pintó una cruz en la espalda de la diputada del PSC Montserrat Tura. “La democracia se sustenta en un debate público auténtico, en la crítica a quienes detentan el poder”, argumentaba la sentencia. “Las conductas estaban destinadas a reivindicar los derechos sociales y los servicios públicos frente a los recortes presupuestarios y a expresar el divorcio entre representantes y representados”, añadía.

A la observación de que la sentencia tuvo una naturaleza ideológica, en opinión del ministerio público, las defensas han respondido que solo los diputados de CiU y PP consideraron que había habido delitos. En ese sentido, han insistido en que la clave del fallo radica en que no se ha probado que hubiera agresiones a ningún diputado en la protesta, por lo que solamente cabía absolver a los procesados.

Los magistrados que firmaron la sentencia absolutoria, hecha pública en julio del año pasado, fueron Manuela Fernández de Prado y Ramón Sáez Valcárcel, mientras que el presidente del tribunal, Fernando Grande Marlaska, emitió un voto particular.

Grande-Marlaska, en su voto particular, solicitó la condena para diez de los acusados por “alterar el funcionamiento y dignidad del Parlament”, dado que habrían evitado que los diputados acudieran a la Cámara “o lo hicieran con la necesaria tranquilidad”.

Con las tesis de Marlaska se han mostrado de acuerdo los abogados del Parlament y de la Generalitat, quienes han considerado que, a diferencia de lo que pretende el fiscal, el juicio no debe repetirse, sino que la Audiencia Nacional debe dictar un fallo diferente sin necesidad de una nueva vista.

El fiscal ha pedido otro juicio porque defiende que la Audiencia Nacional debió llevar a la vista a los diputados que fueron víctimas del acoso y no decidir que prestaran testimonio a través de una videoconferencia. Para las defensas, esa decisión sí hubiera supuesto alterar indebidamente el funcionamiento del Parlament.

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