El pasaporte de Briget Boamoa no mentía: era menor
El Supremo dicta que la Generalitat no debió someter a pruebas de edad a una inmigrante
A Briget Abena Boamoa le faltaban varios meses para ser mayor de edad cuando, en 2009, la Generalitat de Cataluña decretó que tenía más de 18 años. Su pasaporte de Ghana indicaba que no los cumplía hasta mayo de 2010, pero las pruebas médicas que le habían practicado a instancias de la fiscalía determinaron que su complexión física era la de una joven mayor de edad. Como consecuencia, Boamoa fue expulsada del centro de acogida Dolors Aleu de Barcelona y se quedó fuera del sistema de protección de menores de Cataluña. La joven recurrió la decisión de la Generalitat y el Supremo le ha dado ahora la razón, cuando Boamoa, ahora sí, es mayor de edad desde hace cuatro años según su propio pasaporte.
La sentencia sobre esta joven de Ghana es la primera que ha dictado el Tribunal Supremo con la doctrina que fijó en julio la Sala de lo Civil, que prohíbe someter a pruebas de edad a los inmigrantes que se encuentren de forma irregular en España y tengan un pasaporte de su país de origen que indique que son menores. El acuerdo intentaba terminar con las contradicciones existentes en las Audiencias Provinciales en la interpretación del artículo 35 de la Ley de Extranjería, que permite realizar pruebas para determinar la edad a los inmigrantes sobre los que haya dudas.
El caso de Boamoa contiene todas esas discrepancias: la Generalitat le expulsó del sistema de protección, un juez de primera instancia revocó la decisión y la Audiencia de Barcelona volvió a dar la razón a la Administración catalana y decretó que el resultado de las pruebas médicas de Boamoa tenía más valor que su pasaporte.
Entre todas esas interpretaciones contradictorias, el Supremo no duda de que debe prevalecer la información que contenga el documento de identidad del inmigrante. Los jueces insisten en que debe haber una justificación razonable para realizar tales pruebas “cuando se dispone de un pasaporte legalmente expedido por el país de origen cuya validez no ha sido cuestionada ni ha sido invalidado por ningún organismo competente”, advierte el tribunal, que, dictó la sentencia de la joven de Ghana el 23 de septiembre y un día más tarde dictó otra similar a favor de Mamadou Ghanda Bah, un adolescente de Guinea Conakry a quien la Diputación Foral de Álava dejó en desamparo a pesar de que su pasaporte indicaba que era menor. En los dos casos, los jueces señalan que si se quiere practicar los exámenes médicos, la fiscalía y las comunidades autónomas tendrán que “ponderar adecuadamente” las razones por las que se considera que el documento de identidad no es fiable.
“Cualquier duda sobre la minoría de edad basada en la simple apariencia física de la persona deberá resolverse a favor del menor, habida cuenta de que las técnicas actuales no permiten establecer con total precisión la edad de un individuo”, concluye el alto tribunal. En 2013, un total de 1.732 jóvenes extranjeros fueron requeridos para someterse a las pruebas de edad. En 843 casos, los exámenes determinaron que el inmigrante era menor; y en 723, que era mayor, 166 se archivaron porque el inmigrante no se presentó a las pruebas o había algún error en la documentación.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.