Cospedal recurre el archivo de su demanda contra Bárcenas
La secretaria del PP reprocha al juez haber dado "excesiva importancia a la ausencia de pruebas"
La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, ha recurrido el archivo de su demanda contra el extesorero del PP, Luis Bárcenas, al que reclamó una indemnización de 100.000 euros por vulnerar su derecho a la protección al honor por la publicación de su contabilidad manuscrita.
El titular del juzgado número 4 de Toledo archivó la demanda al considerar que no se había probado que fuera Bárcenas quien entregó a EL PAÍS la copia de los 14 folios manuscritos con las cuentas b del PP, publicadas hace casi un año. En su recurso, el letrado de Cospedal reprocha al juez haber dado una "excesiva importancia a la ausencia de pruebas directas" y considera que existen datos que describen como "única hipótesis razonable en términos de posibilidad y de probabilidad frente a otras alternativas imaginables".
El recurso critica, además, que la sentencia se basara en "indicios que solo permiten construir un amago presuntivo que solo abre camino a la duda" y no en los indicios que permiten hacer una verdadera inferencia lógica. Y apela al argumento de dos juristas que sostiene que debería haber sentenciado "con las reglas del pensar y no las jurídicas".
La ausencia de una prueba directa sobre la posibilidad de que fuera Bárcenas el inductor o la persona que estuvo detrás de la entrega de sus papeles, pese a que la propia sentencia los consideró difamatorios, "no es razón bastante para considerar que estamos ante una pregunta sin respuesta, ni para atender que pueden existir sospechas pero no pruebas concluyentes que permitan darlo por probado en este procedimiento", apunta el recurso.
El juez señaló, en su sentencia de archivo, como “fundamental” la declaración como testigo del director de este diario, Javier Moreno, quien se acogió a su derecho a no revelar la fuente que facilitó los documentos, pero sí mantuvo “con contundencia” que Bárcenas no fue la persona que los entregó a esta redacción. Sin embargo, el letrado de Cospedal hace referencia a esta declaración para considerar que "su silencio por la vía negativa de la falta de identificación" no puede ser utilizado como un "elemento neutralizador de la lógica inferencia obtenida de los datos acreditados".
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