La fiscalía intenta librar al PP de los peores delitos derivados de su caja b
El ministerio público rechaza la ampliación de la querella que interpuso la acusación popular encabezada por Izquierda Unida y que pedía la imputación de Acebes, Cascos y 15 empresarios, entre ellos el esposo de Cospedal
La Fiscalía Anticorrupción remitió este martes un escrito al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz en el que descarga en la práctica al Partido Popular de las principales responsabilidades penales derivadas del caso de los papeles de Bárcenas, la contabilidad secreta del extesorero de la formación conservadora. En su escrito, de 12 páginas, la fiscalía se opone frontalmente, una vez más, a las diligencias y peticiones de las acusaciones populares, que llevan el peso de una iniciativa investigadora en la que el ministerio público va a remolque desde el principio. En este caso, Anticorrupción ha rechazado la ampliación de la querella que un grupo de asociaciones encabezado por Izquierda Unida presentó el pasado 28 de febrero y con la que Ruz abrió una pieza separada del caso Gürtel sobre los manuscritos de Bárcenas.
En septiembre pasado, esta acusación popular amplió su denuncia para incluir a los exsecretarios generales del PP Ángel Acebes y Francisco Álvarez-Cascos, así como a 15 empresarios y directivos de constructoras que supuestamente participaron en la donación irregular a la sede de Génova 13 de 7,5 millones de euros entre 1990 y 2008 que no habían sido incorporados en la querella de febrero. El fiscal Antonio Romeral pidió este martes a Ruz que no admita a trámite la ampliación de la querella ni esos nuevos delitos.
Los denunciantes —IU, la Asociación Libre de Abogados, Ecologistas en Acción, Los Verdes y Justicia y Sociedad— reclamaron en su escrito ampliatorio que los imputados en la querella inicial sean investigados por un delito societario de falsedad contable recogido en el artículo 290 del Código Penal. Este artículo castiga con penas de uno a tres años de cárcel a los administradores de sociedades “que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad”.
La contabilidad oficial del PP se ha nutrido durante años de donativos de empresarios consignados por Bárcenas en la contabilidad manuscrita publicada por EL PAÍS el pasado 31 de enero. Bárcenas troceaba los ingresos en las cuentas oficiales para ocultar que los donativos superaban los límites impuestos por la Ley de Financiación de Partidos Políticos.
La falsedad contable era el delito que las acusaciones consideraban más evidente de cuantos se derivan de la contabilidad secreta de Bárcenas. Sin embargo, el fiscal interpreta que “a los partidos políticos no les son de aplicación los delitos societarios”. Romeral sostiene que el Código Penal solo considera sociedades a aquellas que para cumplir sus fines “participen de modo permanente en el mercado”, lo que, según su criterio, no hacen las formaciones políticas. El fiscal no duda que existiera una caja b en el PP, pero apunta a que esta no tiene relevancia penal. En cualquier caso, la decisión última dependerá del juez Ruz y, si hay recurso, de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
El ministerio público rechaza imputar a Acebes y Cascos
La fiscalía no solo quiere vaciar de contenido penal el caso de los papeles de Bárcenas sino que también se niega a que se amplíe tanto el número de imputados como las pesquisas para esclarecer los delitos derivados de esa contabilidad b del Partido Popular. El fiscal Antonio Romeral se ha opuesto a que se cite a declarar como imputados a los ex secretarios generales del PP Francisco Álvarez Cascos y Ángel Acebes, como pedía Izquierda Unida en la ampliación de su querella.
Ante la acusación de que estos recibieron sobresueldos, el fiscal afirma que las argumentaciones de la acusación "no describen conducta delictiva alguna que justifique la admisión de la ampliación de la querella". En los papeles de Bárcenas, Cascos figura como supuesto receptor de casi 600.000 euros. Según el informe de Romeral, estos pagos entre 1990 y 2004 al ex número dos del PP y exministro de Fomento "aunque resultaren acreditados y no se hubieren declarado a la Hacienda pública, carecen de relevancia jurídico penal". Y recuerda que la supuesta cuota tributaria defraudada no alcanzaría el límite del delito fiscal.
La fiscalía se ha opuesto a la imputación de otros 15 empresarios y directivos, entre ellos Ignacio López del Hierro, esposo de la secretaria general del PP, Dolores de Cospedal. Tampoco aprueba que se impute al gerente del PP de Galicia entre 1990 y 1996, Ángel Piñeiro, pese a los indicios de las aportaciones que algunos empresarios hicieron a la formación y las discrepancias entre la contabilidad entregada al Tribunal de Cuentas y la recogida en el informe secreto del tesorero gallego, en el que constan aportaciones anotadas como “donativos nominales” y 196.700 como “donativos anónimos”.
Sin embargo, la ausencia de un delito contable no es el único elemento tranquilizador para el PP —y para los empresarios que supuestamente lo financiaron de forma irregular—. La Fiscalía Anticorrupción cita un informe de la Intervención del Estado que descarta una conexión entre los ingresos en la contabilidad secreta de Bárcenas y la adjudicación de contratos públicos a las empresas de los supuestos pagadores. Esto supone, según fuentes jurídicas, descartar radicalmente un delito de cohecho y otros tipos penales como la prevaricación, el tráfico de influencias o la alteración de precios en concursos y subastas públicas. Este informe es una de las raras diligencias solicitadas por el fiscal sobre los papeles de Bárcenas. El juez Ruz está a la espera de recibir otro informe de la Intervención sobre los contratos de los empresarios citados en la querella inicial, entre los que se hallan algunos de los principales constructores de España.
El informe de la Intervención se suma a otro, del pasado septiembre, en el que la Agencia Tributaria considera que el PP no cometió delito fiscal como consecuencia de su contabilidad secreta, ya que los donativos ilegales que recibió la formación conservadora en los años 2007 y 2008 pueden desgravarse en el Impuesto de Sociedades. Esta sorprendente exención fiscal hace que la cuota supuestamente defraudada por el PP en el Impuesto de Sociedades en esos ejercicios no supere los 120.000 euros, umbral del delito fiscal, castigado con hasta cinco años de prisión.
Esta apreciación de los técnicos de Hacienda choca con el criterio del propio Ruz y de la Fiscalía Anticorrupción, que sostienen que “las cantidades donadas en exceso de los límites legales quedarían sujetas a tributación por el Impuesto de Sociedades”. Por su parte, la Sala de lo Penal de la Audiencia rechazó por “simplista” esta apreciación de Hacienda. El descarte definitivo del delito fiscal queda en todo caso en manos de los tribunales.
Desde que el juez Ruz abrió la pieza separada de los papeles de Bárcenas, la Fiscalía no ha solicitado ninguna diligencia de investigación, y se ha opuesto a la mayoría de las propuestas por las distintas acusaciones populares. Entre otras, ha rechazado que testifiquen los líderes populares José María Aznar, Mariano Rajoy, Rodrigo Rato y Jaime Mayor Oreja; que se pidan al Ministerio de Fomento los contratos con las empresas querelladas; que se recabe el tráfico de llamadas y datos de los teléfonos móviles de Bárcenas. La mayoría de estas negativas han sido acogidas por el juez Ruz, que, sin embargo, en otras ocasiones, se ha desmarcado del criterio restrictivo del fiscal. Así, hoy declarará como imputado por el supuesto cohecho de 200.000 euros de la constructora Sacyr para el PP de Castilla-La Mancha el gerente del partido en esa región, José Ángel Cañas. La fiscalía no lo consideró necesario.
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