El Constitucional confirma la pena contra uno de los condenados por el 11-M
El tribunal le niega el amparo y descarta restarle años de cárcel por el tiempo en prisión preventiva

El Tribunal Constitucional ha negado el amparo a Antonio Toro, condenado por tráfico de explosivos para cometer los atentados del 11-M. El recurrente alegó que tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo descartaron restarle de la pena impuesta el tiempo que había permanecido en prisión provisional.
El 12 de enero de 2009, la Audiencia Nacional acordó acumular las condenas impuestas a Toro en tres procesos diferentes y fijó en 18 años el límite máximo de cumplimiento por todas ellas. Toro reclamó la aplicación de la doctrina establecida por el Constitucional en 2008, que prevé la posibilidad de abonar a distintas condenas el mismo periodo de prisión preventiva. Sin embargo, el tribunal considera que este es un caso distinto porque los tribunales le fijaron un límite máximo de privación de libertad (18 años) para cumplir las tres condenas derivadas de tres procedimientos diferentes, como si hubieran sido enjuiciadas en la misma causa.
"En caso de cumplimiento acumulado de varias condenas (…) no resulta constitucionalmente obligada la pretensión de que los periodos de prisión preventiva que (…) sean abonables, sean descontados del límite máximo de cumplimiento establecido judicialmente al realizar la acumulación procesal de causas post-sentencia", señala el Constitucional.
La sentencia ha contado con dos votos particulares, los de los magistrados Adela Asúa y Fernando Valdés que opinan que debería haberse aplicado la doctrina de 2008 y que "si la mayoría de los magistrados está en desacuerdo con las consecuencias que derivan de nuestra sentencia, en tanto que pueden conducir a un abono excesivo de tiempo de pena que se tiene por cumplida, deberá plantearse ante el Pleno de este Tribunal la pertinencia de un cambio interpretativo”.
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