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El Constitucional avala que el catalán no se exija para opositar en Baleares

El tribunal rechaza por seis votos a cuatro el recurso del PSOE contra la norma del PP “No existe discriminación por la inexistencia de trato preferente del castellano sobre el catalán”

María Fernández
Manifestación del domingo en Palma contra la política educativa.
Manifestación del domingo en Palma contra la política educativa.TOLO RAMÓN

El Tribunal Constitucional, por un estrecho margen de seis votos contra cuatro, considera legal que Baleares no exija a sus futuros funcionarios conocimientos de catalán, lengua cooficial en las islas. La sentencia rechaza el recurso presentado por más de 50 senadores del PSOE contra varias disposiciones de la Ley de Función Pública, una norma dictada en 2012 por el Gobierno de José Ramón Bauzá (PP). Y llega en un momento muy complicado en las islas, tras tres semanas de huelga de profesores por la imposición de un nuevo modelo lingüístico en la enseñanza.

Los senadores que recurrieron la ley del PP creen que los procedimientos administrativos terminarán tramitándose “mayoritariamente en castellano”. El Constitucional entiende lo contrario: no hay nada de malo en que, con carácter general se considere el conocimiento del catalán como “un mérito”, y no como algo obligatorio para conseguir una plaza en la administración del archipiélago. La sentencia aclara que esto “no implica necesariamente una posición subordinada” del catalán frente al castellano. Y apela a la exposición de motivos de la ley de Bauzá que habla de que “la inmensa mayoría del personal al servicio de la administración ya tiene certificados conocimientos de catalán”. Para garantizar que los ciudadanos sean atendidos en esa lengua, los magistrados del Constitucional creen que Baleares garantiza “un elenco amplio de puestos de trabajo para cuya provisión se exige el conocimiento del catalán”. Esos puestos están en la docencia; los puestos con “funciones de asesoramiento lingüístico”; y las plazas que tengan como “función principal la información y atención al público” o la “atención telefónica”.

Para el resto de los funcionarios, el Constitucional considera que es suficiente que la lengua sea “un mérito evaluable”, sin ser indispensable. En la parte final del texto que rechaza el recurso de los socialistas, los jueces refuerzan sus argumentos recordando que las comunidades autónomas tienen las manos libres para decidir cómo seleccionan a sus empleados, por lo que no se puede imponer “un requisito genérico de conocimiento del idioma”.

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El Pleno señala que la reforma legal se ha producido en un contexto de “amplia implantación del conocimiento del catalán en la función pública del ámbito territorial y en la sociedad, al integrarse como disciplina en el sistema educativo”.

El recurso de inconstitucionalidad se dirigía también contra el precepto de la Ley 9/2012 que establecía que el conocimiento del catalán no será un requisito para el acceso a los cuerpos de policía local y policía auxiliar en el territorio de las Islas. Al haber sido derogado por la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de policías locales de las Islas Baleares, el Constitucional declara “la pérdida de objeto” de esa parte de la impugnación.

La ley de Bauzá no solo se ciñe a los funcionarios. Modifica el decreto de normalización de las islas, de 1986, en puntos delicados como los topónimos, sobre los que introduce una alternativa “bilingüe” con el castellano. Añade cambios en la rotulación pública y suprime “la regla general de expedir copias y certificaciones en catalán, salvo petición del interesado”.

El tribunal considera que estas modificaciones “tienden a equilibrar el papel del castellano en el ámbito oficial”, y añade que el decreto lingüístico de 1986 había “reforzado la posición del catalán, otorgándole cierta prevalencia”.

La vicepresidenta del alto tribunal, Adela Asúa, expresó con un voto en contra su discrepancia porque, en su opinión, la ley “no garantiza suficientemente los derechos lingüísticos que derivan del artículo 3.2 de la Constitución y se reconocen en el artículo 14.3 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares”.

En el segundo voto particular contra la mayoría, los magistrados Juan Antonio Xiol, Encarnación Roca y Fernando Valdés sostienen que es inconstitucional porque “desconoce el deber de la Administración de tramitar los procedimientos en la lengua elegida por la persona interesada”. Es decir, que no basta con que un ciudadano pida ser atendido en catalán, sino que todo el expediente que su demanda genere debería estar en esa lengua. Xiol se remite a otra sentencia de 1986 sobre el Euskera que apuntaba que “no poner los medios necesarios para que una lengua minoritaria [...] sea hablada, leída y escrita por todos constituye una forma de discriminación”.

En el ámbito académico tampoco hay unanimidad. Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, analiza que la sentencia está en consonancia con la doctrina expresada por el Constitucional en otras ocasiones,“otra cosa es la decisión política”, matiza. Otro catedrático de la misma materia, Roberto Blanco Valdés, de la Universidad de Santiago, discrepa: “Este fallo puede suponer un cambio sustancial en otras comunidades. Sin conocer en detalle la sentencia y declarándome crítico con políticas de inmersión lingüística como la catalana, creo que la Administración debe exigir el conocimiento de las lenguas cooficiales a sus funcionarios”, como ocurre en Galicia.

Francisco Caamaño, exministro de Justicia socialista, ataca la sentencia con el siguiente ejemplo: “¿Qué dirían esos mismos magistrados si Cataluña propone que el castellano sea ‘un mérito’ en las oposiciones y no un requisito indispensable?”.

El fallo, dictado en un tiempo récord, apenas un año, podría haber pasado más desapercibido si no fuera porque todavía escuece la polémica de la afiliación al PP del presidente del Constitucional, el magistrado Francisco Pérez de los Cobos, y por sus posiciones sobre el catalán y Cataluña.

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Sobre la firma

María Fernández
Redactora del diario EL PAÍS desde 2008. Ha trabajado en la delegación de Galicia, en Nacional y actualmente en la sección de Economía, dentro del suplemento NEGOCIOS. Ha sido durante cinco años profesora de narrativas digitales del Máster que imparte el periódico en colaboración con la UAM y tiene formación de posgrado en economía.

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