El Supremo avala la reclamación de Sumar para conocer los beneficios extraordinarios de la banca
El alto tribunal corrige a la Audiencia Nacional y señala que el Banco de España debe entregar la información sobre las ganancias que obtuvieron las entidades con los depósitos en el BCE entre 2022 y 2023


Sumar gana la batalla legal contra el Banco de España, órgano al que demandó por no entregar la información sobre los beneficios extraordinarios que obtuvieron las entidades financieras en 2022 y 2023. El Tribunal Supremo ha estimado el recurso que presentaron tres diputados de la formación política al considerar que aunque dicha información puede ser considerada confidencial según lo marcado en la Ley de Entidades de Crédito, esta reserva legal no se aplica al caso de las Cortes Generales. De este modo, el alto tribunal ha corregido el criterio de la Audiencia Nacional, que en enero de 2025 avaló la decisión del supervisor bancario de no atender al requerimiento de los parlamentarios.
En una sentencia con fecha del 3 de marzo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo asegura que es “muy difícil” que la ley impida al Congreso de los Diputados y al Senado acceder a la información a disposición del Banco de España porque “el poder de las cámaras de conocer información en manos del Gobierno y de las entidades públicas es un elemento crucial de la democracia parlamentaria”. En este sentido, los magistrados precisan que la normativa busca limitar que dicha información se examine en “sesión abierta y pública” y por ello el gobernador del Banco de España puede solicitar que el examen se haga en “sesión secreta” o pedir la restricción que aplica la regulación de conocimiento parlamentario de secretos oficiales. “Pero nada más”, concluye.
La formación política requirió los ingresos extraordinarios que las entidades bancarias recibieron por la facilidad de depósito, es decir las cantidades retribuidas a un tipo de interés determinado por realizar depósitos a un día en los bancos centrales. Con esta fórmula, el Banco Central Europeo (BCE) trató de estimular la economía y evitar que los bancos aparcaran su liquidez, sobre todo en épocas de dificultades como la Gran Recesión o la crisis de la covid-19.
Durante el tiempo que los tipos estuvieron a cero, esta cifra llegó a ser negativa, lo que implicaba que el BCE cobrara a los bancos un tipo de interés por tener sus reservas depositadas. Sin embargo, la inflación en 2022, provocada en gran parte por el conflicto en Ucrania, hizo que el banco central elevara los tipos y la facilidad de depósito, lo que provocó que las entidades pasasen de pagar por la liquidez depositada en el banco central a rápidamente obtener réditos por ella.
Datos de cada banco
En concreto, Sumar solicitó conocer el desglose del pago individualizado para cada entidad debido a este instrumento. El entonces gobernador, Pablo Hernández de Cos, manifestó su oposición a facilitar estos datos sobre las ganancias extraordinarias de los bancos en una comparecencia en el Congreso en mayo de 2024. “¿Por qué no podemos darle los datos individuales? Estamos sujetos al deber de confidencialidad [al respecto]. El Banco de España no puede hacer otra cosa que cumplirlo”, dijo en respuesta a una de las preguntas formuladas por Carlos Martín, uno de los diputados de Sumar que firmó la demanda.
Unos días después, el 10 de junio, Hernández de Cos trasladó la misma postura por escrito al Congreso de los Diputados. Aunque facilitó el total de saldos depositados y de los intereses abonados por el Banco de España al conjunto de entidades de crédito, denegó separar los datos por cada entidad de crédito, como solicitó Sumar, alegando que ello podría afectar a la política monetaria y al secreto profesional. Tras ello, los diputados Carlos Martín, Txema Guijarro y Manuel Lago presentaron la demanda ante la Audiencia Nacional, que acabó con una sentencia, dictada en enero de 2025, a favor del Banco de España.
Esto motivó a los tres diputados a elevar el asunto al Supremo, al entender que era necesario que analizara el caso y fijara jurisprudencia sobre el secreto de la información que obra en poder de la institución y su colisión con derechos fundamentales. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dado la victoria final ―la sentencia es firme― a los políticos al reconocer su derecho a obtener la información requerida dentro de sus funciones parlamentarias. Los diputados, además, contaban con el apoyo de la Fiscalía, que presentó su propio recurso para denunciar la vulneración de derechos de los ciudadanos, a través de sus representantes parlamentarios.
Tras revisar la normativa que regula a las entidades de crédito y la información reservada sobre ellas, el tribunal asegura no tener “ninguna duda de que si la información es requerida por el pleno o por una comisión de la Cámara, son las Cortes Generales quienes la recaban” y, por tanto, la reserva no les afecta. Así, señala que los tres diputados solicitantes “no son particulares, sino representantes del pueblo español que ejercen una función esencial de control político”.
En línea con todo ello, el Supremo recuerda que el artículo 109 de la Constitución es claro al señalar que “las Cámaras y sus comisiones podrán recabar, a través de los presidentes de aquellas, la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas”. Así, subraya que el Banco de España es una “autoridad del Estado” y ello no puede ser puesto en tela de juicio.
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