La presencia de la Infanta en un folleto de Nóos es “un mero acompañamiento”
Los magistrados de la Audiencia elogian el auto del juez Castro, aunque le quitan la razón
Lo primero que hacen los magistrados de la Audiencia Provincial de Palma antes de quitarle la razón al juez Castro es elogiarlo. Califican su trabajo de “excepcional y exhaustivo”. Pero, a continuación, aseguran que su auto de imputación a la infanta Cristina “no contiene una mínima versión judicial respecto de cuál (...) ha sido o ha podido ser la sumaria participación que la Infanta ha podido tener en los delitos cometidos por su marido”.
Los jueces afirman que aunque Castro relaciona 14 indicios de criminalidad, no se extrae de ellos “una conclusión fáctica comprensible y concreta de cuál es exactamente la conducta de colaboración principal o secundaria” que cree que ha cometido la Infanta. Reconocen que “queda claro” que el juez le atribuye haberse beneficiado económicamente —destinando ingresos de Nóos a gastos familiares a través de Aizoon—, pero, según los magistrados, no se explica por qué da por supuesto “no solamente que la Infanta conocía tales ingresos, sino que era consciente o que debería serlo de su procedencia delictiva”.
Acerca de que la Infanta y su secretario personal figurasen en el folleto del Instituto Nóos y ella perteneciera a su junta directiva, los jueces creen que esto constituye solo “una conducta de mero acompañamiento impune” que “desde una perspectiva extramuros del derecho penal puede ser considerada como de influencia”, entendida como “una especie de carta de recomendación”, pero “en modo alguno nos hallaríamos en presencia de una influencia típicamente antijurídica con trascendencia penal”. Ello aunque, como indica el auto, la presencia de la Infanta y de García Revenga en el folleto pudieron servir a Urdangarin y a Torres como “instrumento eficaz para servir de prevalimiento o de influencia para cometer un hecho delictivo”.
Los magistrados defienden que gran parte de fundaciones y asociaciones cuentan “entre sus miembros más distinguidos con personas de relevancia pública”, y que “a nadie se le escapa” que en muchas ocasiones el papel de estas personas “es de mera figuración o de acompañamiento”.
Los magistrados admiten estar seguros de que doña Cristina sabía que Nóos suscribía contratos con las Administraciones públicas, pero aseguran que “no hay indicios fundados” de que supiera que estos contratos pudieran ser delictivos “por mucho que supiera que la vinculación de su marido con la Familia Real ayudaba al Instituto Nóos a obtener contratos”.
Cuestión distinta es la posible comisión por parte de la Infanta de un delito contra la Hacienda Pública, algo sobre lo que el auto deja una puerta abierta. “Estimamos que no se puede descartar en este momento la comisión del delito contra la Hacienda Pública y, tal vez, posiblemente, de un delito de blanqueo de capitales, y que en tales ilícitos hubiera podido participar la Infanta”, concluyen.
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