Los ‘secundarios’ de la ‘doctrina Parot’
La derogación del cumplimiento de condena sobre el total de la pena impuesta llevaría a excarcelar a delincuentes comunes que crearon gran alarma social
La doctrina Parot afecta mayoritariamente a presos de ETA, pero no solo a ellos. Al menos 14 reclusos condenados por asesinatos, agresiones sexuales y demás delitos comunes de especial gravedad podrían ser excarcelados si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, confirma su sentencia del pasado julio en la que fallaba que la doctrina Parot vulnera los derechos fundamentales.
La llamada doctrina Parot es la interpretación del Tribunal Supremo que permite aumentar el tiempo de estancia en prisión de ciertos reos al aplicar los beneficios penitenciarios sobre el total de la pena impuesta en lugar de sobre el periodo máximo de cumplimiento efectivo. Esta jurisprudencia ha sido fuertemente contestada por distintos constitucionalistas.
Existe una discusión jurídica sobre si las sentencias del TEDH son directamente vinculantes para los Estados. Fuentes del Gobierno español admiten, no obstante, que un fallo contrario a la doctrina Parot por vulnerar el principio de irretroactividad de las penas sería de obligado cumplimiento para los jueces españoles. “No nos podemos permitir no acatar una sentencia del TEDH aunque haya dudas sobre si es vinculante”, reconocen en el Ejecutivo.
Estos son algunos de los delincuentes comunes que saldrían de prisión de forma inmediata si la Gran Sala del TEDH no estima el recurso de España.
» Pedro Luis Gallego Fernández. El conocido como el violador del ascensor, natural de Valladolid, tiene a sus espaldas el asesinato de dos mujeres, la violación de otras 10 y la agresión sexual de otras tres. En 1992 fue detenido y condenado a 273 años de prisión. Con los permisos penitenciarios aplicados a los 30 años de cumplimiento máximo que contemplaba antes el Código Penal, habría podido salir de prisión en 2008. La doctrina Parot retrasa su excarcelación a 2022.
» Miguel Ricart Tarrega. Condenado en 1997 por el triple crimen de las niñas de Alcàsser (Valencia), cometido cinco años antes, y cuatro delitos continuados de violación, hubiera salido de prisión en 2011. Sin embargo, en abril de 2010, la Audiencia Provincial de Valencia decidió aplicarle la doctrina Parot para que los beneficios penitenciarios se aplicaran sobre los 186 años de prisión a los que fue condenado. Si la jurisprudencia del Tribunal Supremo es condenada en Europa, Ricart se ahorrará diez años de prisión.
» Pedro Manuel García Ribado. Uno de los dos violadores del portal fue condenado en 1996 por 51 violaciones cometidas entre diciembre de 1990 y octubre de 1993, cuando fue arrestado. La pena que le impuso la Audiencia de Madrid fue estratosférica: 1.721 años de prisión. La discutida doctrina Parot le mantendría en prisión hasta 2023.
» Joaquín Villalón Díez. Conocido como el asesino señorito, es un criminal reincidente. En 1981 estranguló y descuartizó a su amante, a la que había dejado embarazada. Por este crimen fue condenado a 17 años de prisión. Entre septiembre y octubre de 1992, cuando se encontraba en régimen abierto, asesinó y robó a dos mujeres transexuales. Su salida de prisión, con la doctrina Parot, no se produciría hasta 2022.
» Jesús Vela Martínez y Manuel Lorenzo Vázquez. Estos dos policías nacionales, con numerosos expedientes abiertos por la Brigada de Asuntos Internos, asesinaron en 1994 en Nigrán (Pontevedra) al empresario del sector de la piedra David Fernández Grande, a su mujer, a su hija y a una empleada del hogar después de secuestrarlos y obtener un rescate de 120.000 euros. Dos hijos del industrial sobrevivieron al crimen. La Audiencia Provincial de Pontevedra condenó a cada uno de los dos agentes a 220 años de prisión. La doctrina Parot les mantendría entre rejas al menos hasta 2024.
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