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La Audiencia Nacional autoriza una manifestación por los presos de ETA

Gómez Bermúdez señala que su lema es neutro y rechaza la petición de prohibirla de la AVT

Las calles de Bilbao fueron escenario, hace un año, de otra manifestación por los presos de ETA.
Las calles de Bilbao fueron escenario, hace un año, de otra manifestación por los presos de ETA.SANTOS CIRILO

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez ha autorizado la manifestación por los presos de ETA convocada en Bilbao este sábado al considerar que el lema de la marcha, "Derechos humanos, solución, paz, presos y presas vascos a Euskal Herria", es "neutro desde el punto de vista penal".

Así consta en un auto dictado este viernes por el magistrado en el que rechaza la petición de prohibición planteada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y señala que con los datos que obran en la causa "no puede inferirse la existencia de ilícito penal" en la convocatoria.

Además, el magistrado aclara que a la jurisdicción penal solo le compete "la persecución y castigo de los hechos ilícitos penales una vez que estos se han producido" y que es a la autoridad gubernativa a la que le corresponde velar por la seguridad ciudadana y la prevención de la comisión de actos delictivos en manifestaciones.

La marcha ha sido apoyada, entre otros, por el líder de ERC, Oriol Junqueras, el exconsejero socialista Ernest Maragall, el diputado de CiU Carles Campuzano, los actores Pilar Bardem y Guillermo Toledo, o el exdirector de la Unesco Federico Mayor Zaragoza.

Sin indicios de delito

En su resolución el titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 recalca que ninguno de los "promotores, organizadores ni participantes" en la marcha esta "inhabilitado" ni "privado de sus derechos", a lo que añade que su intención es la de que la movilización se desarrolle "en silencio y sin ningún tipo de alteración, como expresan los informes policiales".

En contra de la opinión de la AVT, que denunció que la marcha podría ser constitutiva de un delito de enaltecimiento del terrorismo, el juez Gómez Bermúdez señala que "en ningún momento hasta la fecha se hace referencia a que en el acto convocado se vayan a realizar acciones delictivas, incluidos actos de enaltecimiento a personas, grupos o elementos terroristas, o acciones que impliquen vejación o menosprecio a sus víctimas".

"No es posible la limitación de derechos que se pretende por los denuncantes, so pena de incurrir en la aplicación de lo que se ha dado por denominar 'derecho penal de autor' frente al derecho penal de hecho, propio de la sociedad democrática", sostiene.

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