El Constitucional ampara al etarra Etxeberria Lete y ordena su libertad
Rechaza los recursos de Iñaki Arakama y Lizarralde Aguirre
El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo al etarra Pello Etxeberria Lete, condenado a más de 270 años de prisión, al estimar que se le aplicó incorrectamente la doctrina Parot, que implica el cumplimiento sucesivo de las condenas hasta el límite de 30 años de cárcel. El alto tribunal ha declarado que Etxeberria Lete debió haber salido de prisión el 10 de septiembre de 2006 en vez de en 2019, como se estableció al aplicarle la doctrina Parot.
El fallo de la sentencia ordena a la Audiencia Nacional que adopte, con la mayor celeridad posible, las resoluciones que procedan, a fin de que cese la vulneración del derecho fundamental a la libertad y se proceda a la inmediata puesta en libertad del etarra. Etxebarria Lete lleva en prisión desde 1989. Cuatro magistrados del Tribunal —Javier Delgado, Ramón Rodríguez Arribas, Francisco Pérez de los Cobos y Manuel Aragón— han formulado votos discrepantes a la decisión de la mayoría.
En cambio, el Tribunal ha rechazado los recursos de los etarras Iñaki Arakama Mendia, Makario, y Luis María Lizarralde Aguirre, con condenas de 60 y 74 años de prisión, a los que también se les ha aplicado la doctrina Parot.
En el caso de Lizarralde Aguirre, el Tribunal considera bien aplicada la fecha de licenciamiento definitivo del etarra en el 9 de mayo de 2022, decisión de la que ha discrepado la magistrada Adela Asúa.
Por su parte, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación del etarra José Miguel Gaztelu Otxandorena en el que pedía que le aplicase la doctrina del doble cómputo de la pena de prisión provisional cuando se está cumpliendo condena por otra causa.
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