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La Audiencia Nacional desestima la apelación de las familias del Yak-42

La sala de lo penal de la sección cuarta ha desestimado los recursos de las familias de las víctimas

Familiares de los fallecidos en el accidente del Yak- 42, en las puertas de la Audiencia Nacional, cuando se conoció la sentencia contra los mandos.
Familiares de los fallecidos en el accidente del Yak- 42, en las puertas de la Audiencia Nacional, cuando se conoció la sentencia contra los mandos. CRISTÓBAL MANUEL

La Audiencia Nacional ha archivado hoy definitivamente la causa abierta para investigar las supuestas irregularidades en la contratación del Yak-42, que en 2003 se estrelló en Trebisonda (Turquía) con 62 militares españoles a bordo cuando regresaban de Afganistán.

En un auto notificado hoy, la sección cuarta de la sala de lo penal de este tribunal confirma el archivo de la causa dictado el pasado 2 de febrero por el juez Fernando Grande-Marlaska, al rechazar los recursos de la asociación de familiares de los fallecidos en el siniestro, al que se había adherido la Fiscalía.

Marlaska justificó su decisión al concluir, tal y como previamente lo había hecho la Comisión Internacional de Investigación, que el accidente se debió a la fatiga y la falta de preparación de la tripulación. Por esta causa llegaron a estar imputados por un delito de imprudencia grave con resultado de muerte seis mandos militares, entre ellos el entonces jefe de Estado Mayor de la Defensa, Antonio Moreno Barberá, y el exjefe de Estado Mayor Conjunto, Juan Luis Ibarreta Manella.

También se imputó al exjefe de la división de operaciones del EMACON, José Antonio Martínez, a los también miembros del EMACON Joaquín Yáñez y Alfonso Elías, y al teniente coronel Abraham Ruiz López, enlace de la División de Planes del Estado Mayor Conjunto ante la agencia de la OTAN NAMSA. Sin embargo, el Supremo considera, como Marlaska, que la actuación de los imputados no constituyó delito, ya que el Código Penal exige que "hubieran creado el riesgo mediante una acción u omisión precedente".

En este sentido, el tribunal afirma que los militares "ni han creado el riesgo -entendiendo por tal la gestión realizada a los efectos de dar cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por España (...) en el marco de la OTAN- ni lo han agravado, limitándose a cumplir, una vez más, con la misión encomendada". La sala recuerda además que antes del siniestro se llevaron a cabo "otras 43 operaciones de similar índole, con similares aviones y con idéntica forma de proceder a la adjudicación en las compañías aéreas".

Ello lleva a concluir a los magistrados que "los imputados no han llevado a cabo ninguna acción generadora de un riesgo no permitido, ni ostentaban ni asumían la condición de garantes de que el resultado no se produjera, de forma tal que el desgraciado resultado no hubiera podido ser evitado mediante una hipotética acción omitida".

La sala, que rechaza todos los motivos de recurso presentados, avala la instrucción de Marlaska, niega que basara su decisión de archivar la causa únicamente en las conclusiones de la Comisión Internacional y dice que practicó "todas y cada una de las diligencias solicitadas por todas y cada una de las partes personadas", apurando "al máximo" las posibilidades de investigar.

"Ni las partes han demostrado otra causa del accidente, ni han propuesto más diligencias", dicen los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, que también rechazan que el juez debiera haber investigado el destino del dinero público empleado en el traslado de tropas porque no guarda relación con las causas del siniestro.

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