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El Supremo ratifica la condena a los patrones de un cayuco con cinco muertos

Los 4 condenados transportaron en una embarcación "totalmente inadecuada" a 59 personas El alto tribunal confirma ocho años y medio de cárcel para ellos

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las penas impuestas a tres senegaleses y un guineano por transportar a más de 59 personas en un cayuco desde la costa del continente africano con destino a España, en una travesía en la que murieron al menos cinco personas. El número exacto de fallecidos no se ha podido determinar, porque algunos cuerpos fueron arrojados por la borda.

Según la sentencia de la Audiencia de Tenerife, los acusados gobernaron y pilotaron la nave, dando órdenes al pasaje, preparando la comida y el reparto del agua e insistiendo constantemente a los embarcados que no debían identificarles ante las autoridades españolas.

El cayuco, de reducidas dimensiones y con un solo motor, iba sobrecargado de personas y era totalmente inadecuado para un larga travesía en alta mar. El viaje se prolongó desde el 5 o el 6 de julio de 2008 desde que zarparon de Noadhibou (Mauritania) hasta el 11 de julio, día en que el cayuco llegó por sus propios medios al puerto de Playa Santiago, en la isla de La Gomera.

Dada la dureza de la travesía, y la escasez de alimentos y de agua, -que se acabaron al tercer día-, el pasaje se sumió en una situación generalizada de debilitamiento y deshidratación, por lo que cuando finalmente arribaron a puerto en la tarde del día 11 de julio los agentes de seguridad y Cruz Roja hallaron en su interior los cuerpos sin vida de cuatro pasajeros, todos ellos varones de 20 a 30 años de edad, naturales de Guinea Conakry y que habían fallecido por deshidratación e hipotermia. Un quinto viajero, natural de Malí, falleció en el hospital esa noche.

Durante la travesía murió un número indeterminado de personas que fueron arrojadas al mar por los acusados, arribando finalmente a la isla de la Gomera 59 pasajeros.

La Audiencia de instancia condenó a cada uno de los acusados a seis años y un día de prisión por delitos contra los ciudadanos extranjeros y a dos años y seis meses de prisión por cinco homicidios imprudentes.

El Supremo rechaza todos los motivos de casación y mantiene las condenas, subrayando, entre otras circunstancias, que uno de los funcionarios policiales apreció que el estado físico de los acusados era mucho mejor que el de los demás navegantes, lo que evidenció su clara posición dominante dentro de la embarcación, distinta del precario estado de quienes viajaban como meros ocupantes.

La Sala Penal también rechaza el alegato de uno de los acusados de que pretendían “salir de la pobreza” porque no hay constancia probada de esa circunstancia y no puede alegarse “cuando la verdadera situación de perentoria y extrema necesidad se corresponde realmente con las víctimas, que realizaron un desembolso económico del que se lucran los organizadores”.

El fallo confirma la totalidad de las penas de ocho años y medio de cárcel a cada uno de los tripulantes el cayuco.

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