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El Supremo confirma la condena a dos etarras por tres asesinatos

El alto tribunal mantiene las penas de 85 años por el asesinado de dos policías y una embarazada

El etarra Juan Manuel Inciarte Gallardo.
El etarra Juan Manuel Inciarte Gallardo.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la penas de 85 años de prisión impuesta a Félix Ignacio Esparza Luri y de 39 años a Juan Manuel Inciarte Gallardo, miembros del comando Bizkaia de ETA, por los asesinatos de un teniente de la Policía Nacional y de un cabo y su mujer embarazada, en un garaje de Santuchu, en Bilbao, el 4 de mayo de 1983.

En los asesinatos, que se cuentan entre los más crueles de la historia de ETA, participó directamente Félix Ignacio Esparza, junto a los miembros del comando ya juzgados, Enrique Letona y José Félix Zabarte, mientras Iniciarte y otro miembro del talde se quedaban a cargo del propietario del vehículo utilizado para el atentado, al que habían secuestrado previamente los otros.

Letona, Zabarte, Esparza y un cuarto integrante del comando se trasladaron con el coche robado al garaje donde guardaba su vehículo el teniente de la Policía Nacional Julio Segarra, y cuando éste entró, se abalanzaron sobre él y lo maniataron, con intención de llevárselo secuestrado para intercambiarlo por presos de ETA.

En ese momento entraron en el garaje el cabo de la Policía Pedro Barquero y su esposa, María Dolores Ledo, que se encontraba en avanzado estado de gestación. Al percatarse del intento de secuestro, el cabo hizo frente a los miembros del comando utilizando su pistola reglamentaria. Al iniciarse el tiroteo, Letona disparó a quemarropa en la cabeza al teniente Segarra, que se encontraba atado de pies y manos, produciéndole la muerte. El cabo Barquero falleció al recibir cuatro impactos de bala en zonas vitales, y su mujer recibió tres impactos, dos de ellos a quemarropa mientas se hallaba indefensa y con el propósito de rematarla, resultando muertos la madre y el feto.

El cabo Barquero falleció al recibir cuatro impactos de bala en zonas vitales, y su mujer, embarazada, recibió tres impactos, dos de ellos a quemarropa mientas se hallaba indefensa

La sentencia del Supremo no ha dado crédito a las alegaciones de Inciarte, de que se hallaba en Nicaragua cuando se cometió el atentado, y tampoco a las de Esparza, que adujo encontrarse en Biarritz, sin acreditarlo por ningún medio válido. En cambio, confirma la validez de los testimonio de los etarras Letona y Echaniz en la instrucción, sin dar crédito a que fueran realizadas bajo tortura.

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