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editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Permisos de paternidad

La nueva prestación social tiene efectos positivos en el equilibrio de las cargas por la crianza de los hijos, pese a las dificultades organizativas en algunas empresas

Un hombre con un bebé en su silla de paseo.
Un hombre con un bebé en su silla de paseo.getty
El País

La utilización de los permisos de paternidad ha dado en España un salto espectacular. Como se esperaba, la normativa que implantó la plena equiparación de los permisos de maternidad y paternidad ha cambiado por completo las estadísticas en el disfrute de estas prestaciones. Desde enero de 2021, hombres y mujeres tienen derecho a un permiso 100% remunerado de 16 semanas por el nacimiento o adopción de un hijo, que deberán disfrutar conjuntamente las seis primeras semanas y las diez siguientes a conveniencia. El resultado es que en 2022 la Seguridad Social concedió 246.544 prestaciones al segundo progenitor, que suele ser el padre, y 225.197 para el primero, que suele ser la madre. El que haya más permisos de paternidad que de maternidad se debe a que hay más hombres afiliados a la Seguridad Social (10,9 millones) que mujeres (9,4 millones), pero también a que las madres suelen coger todo el permiso de forma acumulada desde el nacimiento del niño, y los padres suelen trocearlo de forma complementaria con la madre. Pero el periodo de baja por paternidad y maternidad es de 104 y 111 días respectivamente, lo que indica la práctica equiparación en las tareas de la crianza.

Son datos, sin duda, positivos y demuestran que la legislación ha sido determinante para lograr cambios en costumbres muy arraigadas que hacían recaer en el primer año las cargas asociadas a la procreación de forma casi exclusiva sobre las mujeres. Hasta 2007 no se reconoció en España el permiso de paternidad, que comenzó con 13 días. En 2017 se amplió a cuatro semanas y en 2018 a cinco. Pero lo que ha permitido dar el salto definitivo en el disfrute de la prestación no ha sido solo su aumento hasta las 16 semanas, sino que sea totalmente remunerada e intransferible, de modo que, si no se disfruta, se pierde.

Teniendo en cuenta que la Seguridad Social bonifica tanto las cuotas del trabajador de baja como las del sustituto, el único coste para las empresas es de tipo organizativo. Es cierto que tanto el troceo del permiso paterno como el uso de las vacaciones y el permiso de lactancia para completar la cobertura del primer año del niño complican la gestión de las bajas y sustituciones. La estructura empresarial española, en la que predominan las pequeñas empresas, añade una mayor dificultad organizativa. Pero los beneficios sociales son incuestionables: la normativa ha propiciado una mayor implicación de los padres en las tareas de crianza. Antes de que se implantaran los permisos igualitarios e intransferibles, los sectores y empresas más feminizados asumían un mayor coste social por la natalidad. La actual situación no solo es más justa desde el punto de vista de la igualdad de género, al permitir que hombres y mujeres puedan tener trayectorias laborales equiparables, sino también más equilibrada a la hora de repartir los costes empresariales de la reproducción.

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