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In Memoriam
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Fernando Valdés Dal-Ré, la defensa constitucional de las relaciones laborales

El exmagistrado construyó y practicó un Derecho del Trabajo y de la protección social como instrumento de mejora de las condiciones de trabajo y de vida de las personas trabajadoras y del bienestar social

Fernando Valdés Dal-Ré
Fernando Valdés, antes de comparecer ante la Comisión de Nombramientos del Congreso de los Diputados en julio de 2012.Álvaro García

El fallecimiento de Fernando Valdés Dal-Ré el pasado 9 de marzo ha llenado de dolor a cuantos tuvimos la suerte de compartir su rica vida profesional y personal. No por esperada, tras una cruel y larga enfermedad que soportó con la dignidad y firmeza de convicciones que fueron su sello personal, su muerte nos ha producido un desgarro tan doloroso que la presencia de su potente e inolvidable recuerdo tardará en mitigar.

El Derecho del Trabajo ha perdido a uno de los más lúcidos estudiosos con proyección internacional. Su ingente y numerosa obra ha contribuido de forma decisiva a la defensa y reconstrucción de nuestra normativa laboral y nuestras relaciones laborales realizada desde el marco constitucional y desde el Estatuto de los Trabajadores. Esa obra se acompaña de su ejemplar labor docente, de la formación de una amplia comunidad discipular, de sus tareas de servicio público, destacadamente como letrado en el Tribunal Constitucional (1984-1985) y como director del Servicio Jurídico del Estado y consejero nato de Estado (1986-1990), y como magistrado del Tribunal Constitucional (2012-2020), ejercicio de la jurisdicción constitucional del que quedan las sentencias en las que fue ponente y sus importantes y sugestivos votos particulares. Su rectitud e integridad en estas tareas ha sido ejemplar. Condenó sin paliativos toda impostura, todo intento de aparentar lo que no se era, al igual que todo resultado de vulgaridad y de superficial trivialidad, lo que decía alto y claro.

Nunca abandonó sus valores éticos, la preeminencia de la dimensión moral de la vida, ni refugió su conducta y decisiones en la aprobación de los demás. La coherencia le marcó siempre. Huyó tanto de los principios dogmáticos, poniendo a prueba críticamente sus concepciones de lo que es ejemplo paradigmático la revisión crítica de su pensamiento acerca de la formulación del constituyente sobre el derecho a la negociación colectiva laboral hacia su progresiva sindicalización, como del pragmatismo utilitarista, lo que en ocasiones le costó disgustos y sin sabores. Fernando Valdés era una persona de una pieza en todos los ámbitos de la vida.

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Hemos compartido con él responsabilidades públicas y también tareas privadas, como la presidencia de la Asociación Española de Derecho y del Trabajo y la Seguridad Social. Pero, sobre todo, durante más de tres decenios la dirección de dos revistas especializadas, que han contribuido a la consolidación de una doctrina española de Derecho del Trabajo a la altura y con muy directo contacto con la doctrina europea continental.

Aunque, por nuestras biografías, iniciamos en momentos distintos el conocimiento de la persona y personalidad imponente del profesor Valdés y de su ya importante obra científica, desde 1984 comenzamos la aventura de construir una nueva revista jurídica, Relaciones Laborales. Revista crítica de teoría y práctica, editada por La Ley, bajo la dirección de Miguel Rodríguez-Piñero y la subdirección de Fernando Valdés, con la finalidad de abrir un nuevo espacio la construcción crítica, bajo parámetros de calidad, de un Derecho del Trabajo y de la Seguridad, que había jugado un papel esencial en el advenimiento y consolidación de nuestra democracia constitucional y había de seguir haciéndolo en su desarrollo, en el desenvolvimiento del Estado democrático y en el progreso social. Contribuir a la modernización y a la extensión del conocimiento del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y de su práctica fuera de nuestras fronteras, en un mundo en el que la fuerza de la globalización movida por la digitalización y el cambio tecnológico era ya imparable, fue nuestro propósito, fundamentado siempre en la “constitucionalización” de nuestra disciplina, imprescindible para el fortalecimiento de nuestro Estado democrático y el cumplimiento de sus funciones sociales, así como para el funcionamiento eficiente de una economía social de mercado destinada a integrarse en la entonces Comunidad Europea.

Relaciones Laborales cumplió su objetivo, renovó metodológicamente las revistas periódicas especializadas de nuestro país. De periodicidad inicialmente quincenal y mas tarde mensual, la revista publicó nuevas aportaciones doctrinales y seguimientos jurisprudenciales por razón de sus temas y autores, se abrió a las doctrinas comparadas y al inicio de nuestra presencia en la hoy Unión Europea, contó con los interlocutores sociales y con la opinión de los protagonistas políticos de las relaciones laborales y de su regulación, incorporó novedosamente la práctica de las relaciones laborales, perteneció al club mas influyente de revistas especializadas extranjeras europeas, norteamericanas y australianas. En esa labor la aportación de Fernando Valdés fue insustituible. Estuvo siempre dispuesto a revisar la confección de cada número con los criterios de calidad y excelencia que nos habíamos marcado en reuniones generosas en tiempo y dedicación con carácter previo a su evaluación externa, a incentivar la aportación de originales y la apertura de debates sobre cuestiones de actualidad, a acudir a las reuniones de coordinación del Club internacional de Revistas de Relaciones Laborales para facilitar la circulación de ideas en la construcción de unas relaciones laborales democráticas de interconexión creciente y de sus instrumentos de análisis.

Pero no solo. Los editoriales y artículos de Fernando Valdés supusieron importantes aportaciones sobre los derechos fundamentales y legales de las personas trabajadoras, en las relaciones individuales y colectivas de trabajo, y de determinados colectivos vulnerables, como las personas con discapacidad o los migrantes, el sistema de fuentes, la negociación colectiva indiscutiblemente, la contratación laboral y su temporalidad, la flexibilidad y la individualización, la función social de las empresas, o sobre la Seguridad Social como función del Estado y su insustituible función de sostenimiento existencial y de contribución a la protección y a la cohesión social, por relacionar algunos de sus temas mas frecuentados en una obra ingente.

Nuestra tarea en común se fue estrechando al punto que los tres acabamos asumiendo formalmente la dirección de la revista y, ante las grandes reformas laborales o acontecimientos que juzgamos de especial interés, pudimos con facilidad y naturalidad, firmar editoriales conjuntos en los que nuestras concepciones se complementaban. Naturalmente, nuestra amistad también se había estrechado, lo que para nosotros fue un verdadero regalo. Aprendimos de Fernando su pasión por tantas cosas, pero sobre todo por el trabajo bien hecho, por el fiel cumplimiento de los compromisos, por su firme defensa de la razón, pero también de los sentimientos, por su defensa de la lealtad y por su amor de la amistad y el valor de los grandes y pequeños esfuerzos por renovarla.

Concluida la dilatada y próspera vida de Relaciones Laborales, los tres pusimos en marcha una revista nueva, Derecho de las Relaciones Laborales, al amparo de la convocatoria del Grupo Francis Lefebvre, formalmente editada a imagen y semejanza de la prestigiosa Revue de Droit du Travail dirigida por A. Lyon-Caen. En el editorial conjunto de su número 1, correspondiente a abril de 2015, explicábamos nuestro renovado propósito de hacer una revista distinta a las existentes, sostenida en la renovación de la línea editorial, en la innovación de las materias tratadas en íntima imbricación con los cambios normativos laborales y de seguridad social y de las prácticas de organización de las realidades laborales, productivas y empresariales, así como del comportamiento de los sindicatos y de las organizaciones empresariales, cambios muy intensos que aun arrastraban los gravísimos efectos de los producidos por la crisis financiero-global de 2008 y sus reformas normativas.

La nueva revista ofreció sus páginas a la reconstrucción de una nueva lógica del sistema jurídico-laboral y de protección social enmarcada en las funciones sociales del Estado democrático, en la que el empeño científico de Fernando Valdés de rearme de nuestra disciplina desde los derechos fundamentales y su prescriptividad estuvo en primera línea. Con base tan sólida en la Constitución, la revista fortaleció su conexión con el derecho de la Unión, dotada de una Carta de los derechos fundamentales con fuerza vinculante desde 2009, y con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, así como con las normas europeas —y con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos— e internacionales de derechos humanos, y con el Derecho comparado. Mantuvo Valdés relaciones privilegiadas con las doctrinas italiana e inglesa, y muy particular con la francesa, además de dejar su estela inolvidable en numerosas generaciones de juristas del trabajo iberoamericanos que se reconocen alumnos suyos, o, con una relación mas intensa, sus discípulos. De todo ello se benefició la revista. En su número 8 de 2019, ya enfermo, publicaríamos nuestro último editorial conjunto: Una propuesta sobre un Derecho del Trabajo renovado, que no ha perdido actualidad

En esta labor de equipo pudimos comprobar que Fernando Valdés era un jurista del trabajo de una amplitud y fuerza incomparables, que siempre actuó a cara descubierta, mantuvo firme su compromiso como jurista del y para el trabajo. Sin él no hubiéramos logrado el resultado perseguido y obtenido.

Tanto en el Tribunal Constitucional, como en la revista, o en sus investigaciones y en el ejercicio de la docencia o en la formación de su escuela, Fernando Valdés fue enemigo declarado de la evanescencia constitucional, sustituida por opciones políticas del legislador legitimadas por un pretendido cientifismo economicista y tecnocrático. Construyó y practicó un Derecho del Trabajo y de la protección social como instrumento de mejora de las condiciones de trabajo y de vida de las personas trabajadoras y del bienestar social. Sus aportaciones sobre el derecho a la negociación colectiva del artículo 37.1 de la Constitución, tanto en cantidad como en calidad, son sencillamente imprescindibles. Su amplia obra escrita es sólo una parte de su inolvidable contribución al Derecho del Trabajo, que queda abierta para las generaciones futuras

En su cruel enfermedad Fernando Valdés también supo ser ejemplo de entereza y de dignidad. Siempre atento a nuestras llamadas telefónicas, siempre irónico al responder que había tenido mejores días a la pregunta usual de cómo se encontraba. El silencio de su voz fuerte no será su olvido, del amigo querido ni de su magnífica obra; al contrario, su memoria permanecerá en todos nosotros y a través de esa obra y de su vida pasada volverá siempre su potente voz a la que habremos de escuchar como excepcional testigo de su época.

La comunidad de los juristas del trabajo esta de luto más allá de nuestras fronteras. Compartimos de manera muy especial nuestra profunda pena con su familia, con su mujer, Berna, sus hijas Reyes y Laura y su hijo Fernando, que amorosamente le acompañaron y cuidaron hasta el último momento.

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