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Del acoso sexual al hostigamiento laboral: los nuevos lineamientos del código ético para los funcionarios federales

El Gobierno fija por primera vez un listado de conductas a evitar por parte de los servidores públicos relacionadas con violencia sexual y laboral

María Julia Castañeda
acoso sexual manifestación contra Porfirio Muñoz Ledo
Una protesta contra el acoso sexual, en las oficinas del partido Morena, en octubre de 2020.Moisés Pablo (CUARTOSCURO)

La Secretaría de la Función Pública establecerá por primera vez reglas contra el acoso y el hostigamiento sexual y laboral en su Código de Ética. La lista de comportamientos a evitar por parte de los servidores públicos incluye desde hacer piropos e insinuaciones de carácter sexual hasta espiar a otras personas en los sanitarios. Los funcionarios federales deberán apegarse a la normativa que entrará en vigor tras su publicación los próximos días en el Diario Oficial de la Federación.

El nuevo código prohíbe “realizar o tolerar actos de hostigamiento sexual o acoso sexual, con independencia del sexo, identidad o expresión de género, características u orientación sexuales, de las personas involucradas en tales casos”. Para ello, los funcionarios deberán evitar conductas como “tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones”, indica el anteproyecto que actualmente se encuentra en proceso de análisis por la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) de la Segob, según publicó este lunes en su plataforma.

Los servidores públicos deben evitar además “hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona”, señala. Tampoco se permitirá “llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas”, ni “espiar a una persona en su intimidad, o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario”.

El acuerdo también restringe “expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación”. Los funcionarios tampoco podrán “realizar comentarios, burlas o bromas sugerentes respecto de su vida sexual o de otra persona, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación”, o “exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora”. Así como difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona, expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual, o mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.

Además, condena el acto de “condicionar la obtención de un empleo o ascenso, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual; obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar proposiciones de carácter sexual; condicionar la prestación de un trámite, servicio público o evaluación a cambio de que la persona usuaria, estudiante o solicitante acceda a sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza”.

Esta es la primera vez que el Gobierno federal incluye una definición y un listado de conductas relacionadas con el acoso y hostigamiento sexual y laboral a evitar por parte de los funcionarios. El nuevo reglamento hace énfasis en los derechos humanos, la igualdad de género, “así como a las conductas que más laceran la dignidad de las personas, como lo es el acoso y hostigamiento sexuales, el acoso laboral y la discriminación”, destaca.

Como antecedentes, en febrero de 2020 entró en vigor el primer Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual de la Secretaría de la Función Pública, en ese entonces a cargo de Irma Eréndira Saldoval. Un mes después, la dependencia reformó su Código de Ética hacer explícito que el acoso y hostigamiento sexuales son “inaceptables” en el servicio público, pero no incluyó una descripción ni dio más detalles sobre estos actos que van en contra de los derechos humanos. Previamente, el 11 de febrero de ese año, el diario Reforma reveló que Roberto Valdovinos, extitular del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME), fue destituido tras denuncias en su contra por hostigamiento laboral.

Este lunes, el nombramiento de Pedro Salmerón como embajador en Panamá ha vuelto a despertar cuestionamientos sobre los mecanismos para denunciar a los agresores y hacer justicia para las víctimas de violencia sexual en México. Salmerón ha sido acusado por varias alumnas y exalumnas del ITAM, una universidad privada a la que renunció en 2019 tras ser señalado por acoso sexual por múltiples estudiantes durante el movimiento de denuncias de acoso y violencia sexual Me Too. El funcionario también fue denunciado por ocho compañeras de su partido, Morena, por acoso sexual. No obstante, el historiador ha negado todas las acusaciones y su designación ha sido defendida hasta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

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Sobre la firma

María Julia Castañeda
Redactora en EL PAÍS México. Enfocada en contar historias con perspectiva de género. Es graduada en Periodismo por el Tecnológico de Monterrey y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS.

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