Un juzgado anula la candidatura de Toni Cantó y Agustín Conde en la lista electoral de Díaz Ayuso
La resolución tiene carácter firme e inapelable, pero el PP ha anunciado que pedirá amparo al Tribunal Constitucional en el plazo de dos días
El juzgado de lo contencioso-administrativo número cinco de Madrid ha anulado este domingo la inclusión del exactor Toni Cantó y del exalcalde de Toledo Agustín Conde en la lista electoral de Isabel Díaz Ayuso (PP) a las elecciones de la Comunidad de Madrid del próximo 4 de mayo. El tribunal respalda así un recurso planteado por el PSOE contra una resolución de la Junta Electoral Provincial, al certificar que ninguno de lo dos candidatos estaba empadronado en la región antes del 1 de enero, como marca la ley electoral para los comicios del 4 de mayo. Cantó, que era el número cinco de la lista, y Conde, el 23, cumplieron el trámite el 22 y el 26 de marzo. El PP ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional en el plazo que tiene de dos días.
El desembarco de Cantó y Conde en la política madrileña fue polémico desde el principio. Como se gestó en el último momento, el PSOE puso en duda que un político que había sido diputado autonómico en la Comunidad de Valencia hasta ese mismo momento, y otro cuya trayectoria había estado enraizada siempre en Castilla-La Mancha estuvieran empadronados en tiempo y forma en Madrid. Sin embargo, la Junta Electoral se limitó a comprobar que los dos tenían una dirección de la capital en sus respectivos documentos nacionales de identidad, sin tener en cuenta que la fecha de la emisión de los mismos era de marzo de 2021, y por lo tanto posterior al cierre del censo electoral, que se produjo el 1 de enero de 2021.
De hecho, Toni Cantó se empadronó en Madrid el 22 de marzo, y Agustín Conde el 26 de ese mes, según la sentencia, por lo que incumplen ese requisito y son inelegibles.
“Fecha posterior al cierre del censo”
“Vistos los volantes de empadronamiento aportados por el Partido Popular, se reputa acreditado que [el empadronamiento] ha sido en fecha posterior al cierre del censo electoral vigente (1 de enero de 2021)”, asegura el magistrado Ramón Fernández Flórez en la sentencia. Y añade: “Los candidatos Sres. Cantó y Conde, por haber cambiado sus domicilios desde otras circunscripciones electorales a la de Madrid con posterioridad a la fecha de cierre del censo electoral aplicable para las presentes elecciones, no ostentarían, en modo alguno, la condición de elector, que es un requisito insoslayable para poder concurrir a las elecciones como candidato”.
No cabe además hacer ninguna excepción, según se razona en el texto legal sobre la base del contenido de la ley electoral. “No serán tenidas en cuenta para la elección convocada las que reflejen un cambio de residencia de una circunscripción a otra realizado con posterioridad a la fecha de cierre del censo para cada elección, debiendo ejercer su derecho en la sección correspondiente a su domicilio anterior”, se detalla en la norma que regula las elecciones.
El precedente de Alicia Sánchez Camacho
“Un DNI expedido en marzo de 2021, con vigencia hasta marzo de 2031, no acredita fehacientemente de ninguna manera que el domicilio que consta en el mismo sea el que el titular tenía de empadronamiento a 1 de enero de 2021, fecha en la que se debía acreditar el mismo para ser elector y elegible y formar parte del censo electoral para las elecciones a la Asamblea de la Comunidad de Madrid de 4 de mayo de 2020, y por tanto, para no incurrir en causa de ilegibilidad por ello”, argumentaba el PSOE en su escrito ante el juzgado. Y se subrayaba una aparente contradicción: “Igualmente, se nos informa del contenido del Acuerdo de 3 de abril de subsanación de la candidatura del Partido Popular en la que únicamente se hacía el requerimiento de certificación censal o empadronamiento a la candidata Nº 15, Dña. Alicia García Camacho [por Alicia Sánchez Camacho], por haber presentado un DNI donde no constaba un domicilio en Madrid”.
O una cosa o la otra, venían a decir los socialistas, señalando que conciliar esas dos situaciones al mismo tiempo era imposible.
La decisión del tribunal introduce un elemento de inestabilidad en la campaña de Díaz Ayuso, a la que todas las encuestas señalan como ganadora de los comicios del 4 de mayo. Aunque la formación conservadora se ha volcado en intentar aprovechar la situación a su favor, señalando que el recurso del PSOE ante la justicia refleja su desesperación, o que intenta ganar en los despachos lo que no podrá ganar en las urnas, hasta ahora el fichaje de Cantó solo le ha dado problemas.
Primero, porque sirvió para que la candidata subrayara su voluntad de ser autónoma con respecto a la dirección nacional, y de controlar los tiempos y mensajes de su campaña: durante dos días, se negó a confirmar la inclusión del exdiputado de UPyD y Cs en sus listas, patrocinada por Teodoro García-Egea, el secretario general nacional del PP.
Segundo, porque desdibuja la estrategia de la presidenta, que tendrá que atender a una polémica que no estaba en sus planes, en lugar de mantener su planificación.
Y tercero, porque plantea un problema de carácter estratégico: el PP no ha enviado aún “de milagro”, según una fuente popular, el mailing electoral que permite acudir al colegio electoral con el voto ya elegido. Ahora tendrá que esperar a que se pronuncie el Constitucional, lo que previsiblemente ocurrirá antes del arranque de la campaña, la noche del 17 al 18 de abril.
“El PSOE ya intentó que los madrileños no votaran este 4-M”, ha reaccionado el exactor, en referencia a la moción de censura que intentaron registrar los socialistas en la Asamblea de Madrid. “Ahora trata de excluirme de la lista de Díaz Ayuso”, ha señalado en sus redes sociales. “Mi compromiso es por la libertad. Esté en la lista o no, me dejaré hasta el último aliento”.
El PSOE ya intentó que los madrileños no votaran este 4-M
— Toni Cantó (@Tonicanto1) April 11, 2021
Ahora trata de excluirme de la lista de @IdiazAyuso
Mi compromiso es por la libertad.
Esté en la lista o no, me dejaré hasta el último aliento.
Ahora más que nunca.
Socialismo o Libertad. https://t.co/VoW7d3SRPm
“La sentencia es un nuevo revés al PP, porque acredita una vez más que el PP miente: mienten en los datos de la pandemia, mienten en la candidatura... mienten sistemáticamente”, ha dicho Mónica Carazo, coordinadora de la campaña electoral del PSOE en Madrid. “La libertad no es saltarse la democracia. El nuevo lema parece que debe ser ‘mentira o libertad”.
Quedan poco más de tres semanas para las elecciones del 4 de mayo, y la campaña acaba de entrar en un terreno nuevo: en el plácido camino que recorría hasta ahora Díaz Ayuso ya aparecen curvas.
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